{"ley":{"id":"coahuila/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Coahuila","abreviatura":"CPCOAH","titulo":"Código Penal de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"penal","publicacion_original":"2017-10-27","ultima_reforma":"2026-05-19","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf","sha256":"b8e0b7c2335e25a54015151a8737b5bcc7e40a24706f346b161202ca605f57b1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis."]},"articulo":{"numero":"345","clave":"345","slug":"345","epigrafe":"Empleo indebido de objetos destinados a la seguridad pública, o de aquellos que estén simulados o sean robados","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo","Parte especial","Título Tercero. Delitos contra la seguridad pública","Capítulo Segundo. Delitos contra tareas preventivas de seguridad pública (REFORMADO, P.O. 05 DE JULIO DE 2019)"],"texto":"El empleo indebido de objetos destinados a la seguridad pública, o de aquellos que estén simulados o sean robados, se punirá en los supuestos siguientes:\n\nI. (Empleo indebido de objetos destinados a la seguridad pública por persona ajena a una institución de seguridad pública)\n\nSe impondrá de cuatro a ocho años de prisión y multa, a quien sin pertenecer a una institución de seguridad pública y para cometer un delito, use un vehículo, uniforme, insignia, armamento, cartucho, radio transmisor o equipo oficial, asignado a la institución de que se trate para labores de prevención, investigación o persecución de delitos, de custodia procesal o de ejecución de penas.\n\nII. (Obtención mediante retribución de objetos destinados a la seguridad pública)\n\nSi alguna de las cosas, instrumentos o aparatos mencionados en el párrafo precedente se obtuvieron mediante retribución, tanto a quien la dio, como a quien la recibió, se les impondrá de cinco a diez años de prisión y multa.\n\nIII. (Conducción de vehículo simulado o robado de los destinados a la seguridad pública)\n\nSe impondrá de dos a seis años de prisión y multa, a quien sin fines artísticos ni de esparcimiento estrictamente ocasional, o sin algún otro fin que sea lícito, conduzca un vehículo señalizado con leyendas y escudos iguales a los destinados a las instituciones de seguridad pública, pero sin que el vehículo esté asignado a ninguna de ellas; así como a quien posea o conduzca un vehículo señalizado de aquella forma, que esté asignado a alguna de aquellas instituciones, pero el mismo sea robado.\n\nIV. (Penas adicionales cuando el sujeto activo sea servidor público)\n\nAsimismo, si quien comete o participa en los delitos descritos en este artículo, es servidor público, se le destituirá de su cargo, empleo o comisión, y tanto si se trata de un servidor público o de un particular, se le inhabilitará de quince a veinte años para desempeñar un cargo, empleo o comisión en cualquier entidad oficial del Estado o de sus municipios y se le suspenderá de quince a veinte años del derecho a realizar cualquier clase de actividad de seguridad privada.\n\nV. (Modalidad agravante)\n\nSe aumentará un tercio al mínimo y al máximo de las penas previstas en este artículo, a quien utilice el vehículo, uniforme, insignia, robados o simulados referidos en este artículo, como medios para cometer o participar en un delito.\n\nVI. (Consunción)\n\nSi quien realiza cualquiera de las conductas previstas en las fracciones I y III de este artículo, es autor o partícipe del robo del vehículo u objeto a que se refieren esas fracciones, solo se le punirá por el robo que corresponda, sin perjuicio de atender al aumento de penas por la modalidad agravante prevista en la fracción V de este artículo, si la misma se actualiza.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-345/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-345.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"102","epigrafe":"Condiciones para que proceda la condena condicional","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-102/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"235 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-235-bis/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"289 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-289-ter/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"235 Quáter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-235-quater/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"346","epigrafe":"Usurpación de funciones de seguridad pública","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-346/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"250 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-250-bis/"}]}},"cita":"Artículo 345, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-345/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}