{"ley":{"id":"coahuila/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Coahuila","abreviatura":"CPCOAH","titulo":"Código Penal de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"penal","publicacion_original":"2017-10-27","ultima_reforma":"2026-05-19","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf","sha256":"b8e0b7c2335e25a54015151a8737b5bcc7e40a24706f346b161202ca605f57b1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis."]},"articulo":{"numero":"348","clave":"348","slug":"348","epigrafe":"Simulación de retenes oficiales","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo","Parte especial","Título Tercero. Delitos contra la seguridad pública","Capítulo Segundo. Delitos contra tareas preventivas de seguridad pública (REFORMADO, P.O. 05 DE JULIO DE 2019)"],"texto":"Se impondrá de seis a diez años de prisión y multa, a quien, sin pertenecer a alguna institución de seguridad pública o militar, o a un centro penitenciario o cárcel municipal, o aun perteneciendo a una de aquéllas y sin contar con la autorización de quien le competa otorgarla, instale vehículos o cosas de cualquier naturaleza en vías públicas o carreteras, o en caminos o brechas, del Estado o de sus municipios, con la finalidad de simular la existencia de un retén o puesto de vigilancia o de supervisión de carácter oficial.\n\nAsimismo, a quien cometa o participe en el delito descrito en el párrafo precedente, se le inhabilitará de quince a veinte años para desempeñar un cargo, empleo o comisión en cualquier entidad oficial del Estado o de sus municipios y se le suspenderá de quince a veinte años del derecho a realizar cualquier clase de actividad de seguridad privada.\n\nSe impondrán las mismas penas de los dos párrafos precedentes, a quien intervenga en el retén o puesto simulados a que se refiere el párrafo primero de este artículo.\n\nSi con motivo de la realización de las conductas delictivas descritas en los párrafos primero y tercero de este artículo, quienes instalaron o intervinieron en el retén o puesto simulado, cometen otro u otros delitos, se aplicarán las reglas del concurso de delitos que corresponda.\n\nSi cualquiera de las conductas delictivas descritas en los párrafos primero y tercero de este artículo, las comete o participa en ellas un servidor público, o bien, aunque no haya intervenido en ellas, el mismo intervenga en el delito o delitos referidos en el párrafo cuarto de este artículo, además de las penas que en su caso le correspondan conforme a dichos párrafos, se le destituirá, y en cualquier caso, ya sea tratándose de particular o de servidor público, se le inhabilitará de quince a veinte años para desempeñar un cargo,\n\nempleo o comisión en cualquier entidad oficial del Estado o de sus municipios y se le suspenderá de quince a veinte años del derecho a realizar cualquier clase de actividad de seguridad privada.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-348/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-348.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"346","epigrafe":"Usurpación de funciones de seguridad pública","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-346/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"344","epigrafe":"Facilitación por servidor público, de objetos destinados a la seguridad pública","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-344/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"319","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-319/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"269","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-269/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"374","epigrafe":"Evasión de un preso","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-374/"}]}},"cita":"Artículo 348, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-348/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}