{"ley":{"id":"coahuila/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Coahuila","abreviatura":"CPCOAH","titulo":"Código Penal de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"penal","publicacion_original":"2017-10-27","ultima_reforma":"2026-05-19","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf","sha256":"b8e0b7c2335e25a54015151a8737b5bcc7e40a24706f346b161202ca605f57b1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis."]},"articulo":{"numero":"445","clave":"445","slug":"445","epigrafe":"Sustracción, ocultamiento, alteración, disimulo o afectación de información o documentación oficial o resguardada","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo","Parte especial","Título Undécimo. Delitos contra la honestidad en el servicio público","Capítulo Cuarto. Otorgamiento indebido de puestos, contratos y recursos, aprovechamiento de información reservada u oficial, y otros abusos"],"texto":"Se impondrá de tres a seis años de prisión y de trescientos a quinientos días multa, al servidor público que por sí mismo o valiéndose de otro, o determinando al autor, sean estos o no servidores públicos, sustraiga para sí o para otro, o destruya, oculte, falsifique, adultere, disimule o inutilice información oficial de una entidad oficial estatal o municipal, contenida en equipo o material electrónico, electromagnético, computacional o telemático, o que pueda ser reproducida por nuevas tecnologías, o en cintas cinematográficas, de audio y/o de video, o realice cualquiera de aquellas acciones respecto a uno o más planos, registros o documentos oficiales a los que tenga acceso, o que se encuentren bajo su custodia en razón de su cargo, empleo o comisión.\n\nSe aumentará en una mitad el mínimo y el máximo de las penas señaladas en el párrafo primero de este artículo, si la información, registros o documentación que haya sido objeto de cualquiera de las acciones previstas en el mismo, es relativa a datos personales que deban quedar resguardados, o bien concierne a la recepción, resguardo, ejercicio, cuentas o destino de recursos públicos, o bien, a la contratación de deuda pública, adquisiciones, arrendamientos, pagos, o a cualquier clase de negocios jurídicos o de servicios, remunerados, efectuados por uno o más servidores públicos de cualquier entidad oficial del Estado o de sus municipios.\n\nLa destrucción o inutilización de registros, información o documentos de una entidad oficial solo será punible si se realizó sin mandato judicial, o sin la autorización de quien esté facultado legalmente para determinar la destrucción o inutilización de los registros, la información o los documentos.\n\nSe impondrá de seis meses a un año de prisión o de quinientos a mil días multa, a quien no ordene debiendo hacerlo, la publicación desglosada de las remuneraciones y prestaciones de los servidores públicos de cualquier poder del Estado, así como los tabuladores de aquéllos en los que se especifique y diferencie la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie.\n\nSe impondrá de uno a dos años de prisión o de mil a dos mil días multa, a quien ordene omitir, falsear o disimular, o por sí oculte, falsee o disimule las remuneraciones y prestaciones de los servidores públicos de cualquier poder del Estado, así como los tabuladores de aquéllos en los que se especifique y diferencie la totalidad de sus elementos fijos y variables tanto en efectivo como en especie.\n\nSe impondrá de seis meses a un año de prisión o de quinientos a mil días multa, al servidor público subordinado que a sabiendas publique la información incompleta, falseada o disimulada a que se refiere el párrafo anterior.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-445/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-445.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"167","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-167/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"143-Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-143-bis/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"302","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-302/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"254 Bis 1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-254-bis-1/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"327 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-327-bis/"}]}},"cita":"Artículo 445, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-445/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}