{"ley":{"id":"coahuila/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Coahuila","abreviatura":"CPCOAH","titulo":"Código Penal de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"penal","publicacion_original":"2017-10-27","ultima_reforma":"2026-05-19","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf","sha256":"b8e0b7c2335e25a54015151a8737b5bcc7e40a24706f346b161202ca605f57b1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis."]},"articulo":{"numero":"62","clave":"62","slug":"62","epigrafe":"Excluyentes de delito por inculpabilidad","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. Disposiciones generales","Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos","Capítulo Quinto. Culpabilidad"],"texto":"Habrá causa de inculpabilidad que excluye al delito, en los casos siguientes:\n\nI. (Ignorancia o error de prohibición, invencibles)\n\nCuando el agente realice la acción o la omisión en virtud de ignorancia o error invencibles de prohibición.\n\n1. La ignorancia o el error de prohibición podrán consistir en que el agente:\n\na) Tratándose de un tipo penal doloso, ignore la punibilidad de su conducta o crea que la misma es lícita, o que es ilícita pero no punible.\n\nb) Tratándose de un tipo penal culposo, ignore o yerre sobre la situación peligrosa respecto a la que está obligado a proveer, o acerca de las circunstancias que originan su deber de cuidado.\n\nc) Crea en virtud de error, que concurren los presupuestos o las condiciones que dan pie a una causa de licitud.\n\n2. Invencibilidad de la ignorancia o error\n\nLa ignorancia o error de prohibición serán invencibles cuando las circunstancias que concurran al hecho le imposibiliten al agente, o en sana crítica le aparejen al mismo un esfuerzo considerable, para vencer su ignorancia o creencia errónea a que se refieren los incisos precedentes.\n\nII. (Estado de necesidad inculpable)\n\nCuando el agente obre por la necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno, de un peligro actual o inminente, no ocasionado dolosamente por aquél, lesionando otro bien de igual valor ponderativo que el que salvaguarda, siempre que el peligro no sea evitable por otros medios menos lesivos o no lesivos que se tengan al alcance.\n\nPara determinar la actualidad del peligro o la inminencia del mismo, así como para ponderar la valía de los bienes jurídicos, se estará a lo previsto al respecto en el estado de necesidad legítimo.\n\nIII. (Estado coactivo de necesidad, inculpable)\n\nCuando el agente se someta a ejecutar una conducta típica bajo el influjo de temor provocado por la amenaza de uno o más sujetos, que se funde en un mal, ya sea actual o inminente, o de realización razonablemente cierta, de que se lesionará un bien propio o ajeno de igual valor ponderativo al que lesiona, de no allanarse.\n\nPara ponderar la valía de los bienes jurídicos se estará a lo previsto al respecto en el estado de necesidad legítimo.\n\nIV. (Inexigibilidad por error invencible en estados de necesidad inculpables)\n\nCuando las circunstancias que motivan la conducta del agente le originen error invencible de que existe el peligro o el mal, que conformarían estado de necesidad inculpable, con inclusión del coactivo, previstos en las dos fracciones precedentes.\n\nEl error referido en el párrafo anterior será invencible, cuando las circunstancias del caso le impidan al agente advertir su falsa apreciación, o en sana crítica le aparejen al mismo un esfuerzo considerable para darse cuenta de la misma.\n\nV. (Otras causas de inexigibilidad)\n\nCuando en atención a otras circunstancias que concurran a la realización de la conducta típica y según la situación en que se encuentre el agente, no le sea racionalmente exigible que se ajuste a la norma prohibitiva inferida del tipo penal de que se trate.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-62/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-62.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"63","epigrafe":"Ignorancia y errores vencibles de prohibición o de inexigibilidad, y punibilidad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-63/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"13","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-13/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"29","epigrafe":"Causas de exclusión","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-29/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"53","epigrafe":"Excluyentes de delito por atipicidad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-53/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-25/"}]}},"cita":"Artículo 62, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-62/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}