{"ley":{"id":"coahuila/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Coahuila","abreviatura":"CPCOAH","titulo":"Código Penal de Coahuila de Zaragoza","jurisdiccion":"coahuila","materia":"penal","publicacion_original":"2017-10-27","ultima_reforma":"2026-05-19","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza","fuente":"H. Congreso del Estado de Coahuila de Zaragoza — Leyes vigentes","fuente_url":"https://www.congresocoahuila.gob.mx/epub/leyes","archivo_url":"https://congresocoahuila.gob.mx/transparencia/03/Leyes_Coahuila/coa08_Nuevo_Codigo.pdf","sha256":"b8e0b7c2335e25a54015151a8737b5bcc7e40a24706f346b161202ca605f57b1","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","6 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página de cada hoja.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","El rótulo trae el epígrafe entre paréntesis ('Artículo 30 (Tipo penal)'): se publica como epígrafe sin los paréntesis."]},"articulo":{"numero":"73","clave":"73","slug":"73","epigrafe":"Catálogo de medidas de seguridad","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Primero. Disposiciones generales","Quinta Parte. Persecución de los delitos culposos","Título Quinto. Consecuencias jurídicas del delito","Capítulo Primero. Catálogo de sanciones y medidas de seguridad"],"texto":"Las medidas de seguridad que se pueden imponer con arreglo a este código son:\n\nI. (Supervisión de la autoridad)\n\nSupervisión de la autoridad: la supervisión de la autoridad consistirá en la observación y orientación de la conducta de la persona sentenciada, ejercidas por supervisores de libertad, con la finalidad exclusiva de coadyuvar a su reinserción social y a la protección de las víctimas u ofendidos y terceras personas.\n\nLos supervisores de libertad dependerán de la dependencia encargada de ejecución de las penas del Poder Ejecutivo del Estado, con las funciones y responsabilidades que establezca relacionadas con la supervisión de las medidas de seguridad impuestas en libertad vigilada o condena condicional de acuerdo a la Ley Nacional de Ejecución Penal y demás leyes aplicables.\n\nEn ningún caso, se designará a policías o agentes del ministerio público para los efectos del párrafo precedente, salvo en los supuestos de vigilancia y custodia de protección de víctimas u ofendidos, previstos en la fracción V de este artículo, y en la fracción III del artículo 74 de este código.\n\nII. (Restricciones de traslado)\n\nRestricciones de traslado: éstas podrán consistir en prohibición de salir de cierta circunscripción territorial, y/o de ir a un lugar determinado o de residir en él, u obligación de residir o permanecer en el mismo, conciliando en lo posible las necesidades de trabajo, salud y alimentos del sentenciado, y, además de esos conceptos, la seguridad de víctimas u ofendidos y la de terceros.\n\nLas restricciones de traslado también podrán consistir en la prohibición al sentenciado de acercarse a una distancia menor de cien metros o de ingresar al domicilio, lugar de trabajo o de estudios, de las víctimas u ofendidos, o a cualquier otro lugar que frecuenten aquéllas u otras personas determinadas.\n\nIII. (Restricciones de comunicación)\n\nRestricciones de comunicación: éstas podrán consistir en prohibición de comunicarse por cualquier medio, por sí o por interpósita persona, con las víctimas directas o indirectas, o personas ofendidas, salvo en los casos que el juez de ejecución autorice conforme a la ley.\n\nIV. (Apercibimiento)\n\nApercibimiento al sentenciado a fin de que se abstenga de ejercer cualquier tipo de violencia o presión sobre las víctimas u ofendidos, o terceras personas.\n\nV. (Vigilancia y custodia de protección de víctimas u ofendidos)\n\nLa vigilancia por parte de la dependencia encargada de la seguridad pública del Estado, en los lugares en que se encuentre la víctima u ofendido, por el tiempo que determine el juez o tribunal, o el juez de ejecución penal.\n\nLa custodia por parte de la dependencia encargada de la seguridad pública del Estado, a las víctimas u ofendidos, en los casos en que las circunstancias de riesgo lo ameriten, se brindará por el tiempo que determine el juez o tribunal, o el juez de ejecución penal.\n\nVI. (Monitoreo Electrónico)\n\nLa aplicación al sentenciado de un dispositivo de monitoreo electrónico de localización a distancia. El Estado sufragará los costos de los dispositivos y del sistema de monitoreo electrónico de localización a distancia, pero el costo de su operación deberá pagarlo el sentenciado, mientras haya datos o se pruebe su posibilidad para ese efecto.\n\nVII. (Deshabituación, desintoxicación o asistencia psicológica)\n\nTratamiento de deshabituación o desintoxicación, o asistencia psicológica en caso de que la necesite la persona sentenciada por parte de las dependencias de la Secretaria de Salud.\n\nVIII. (Tratamiento de inimputables o con imputabilidad disminuida)\n\nTratamiento de personas inimputables o con imputabilidad disminuida.\n\nIX. (Medidas durante la ejecución de la pena de prisión)\n\nLas medidas de seguridad durante el internamiento por razón de la pena de prisión, según se prevean en la Ley Nacional de Ejecución Penal.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-73/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-73.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"74","epigrafe":"Aplicabilidad de las medidas de seguridad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-74/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"75","epigrafe":"Principio de proporcionalidad en las medidas de seguridad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-75/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"101","epigrafe":"Sustitutivos penales para efectos de la condena condicional","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-101/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"106","epigrafe":"Concepto y aplicación de la libertad vigilada","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-106/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"114","epigrafe":"Concepto, aplicabilidad y alcances de la libertad supervisada","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-114/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"115","epigrafe":"Medidas de seguridad en libertad supervisada","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-115/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"58","epigrafe":"Concepto, aplicación y duración","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-58/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"51","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-51/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"60","epigrafe":"Concepto, casos de aplicación y duración","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-60/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"31","epigrafe":"Catálogo de medidas de seguridad","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-31/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"87","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-87/"}]}},"cita":"Artículo 73, Código Penal de Coahuila (Coahuila). Texto vigente, última reforma 19 may 2026. https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-73/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}