{"ley":{"id":"codigo-civil-federal","nombre":"Código Civil Federal","abreviatura":"CCF","titulo":"Código Civil Federal","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1928-05-26","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccf.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCF.doc","sha256":"75bc335cf70c53c3e407c5355fb96227e4760e2fd05d29ec1a693e172fcc68d6","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/","notas_verificacion":["No se pudo leer la fecha de publicación original en ref/ccf.htm.","El Código se publicó en el DOF en cuatro partes (26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928); `enacted` es la fecha de la primera parte.","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «Disposiciones Generales».","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «I.- Efectos de las Obligaciones entre las Partes».","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «Cumplimiento de las Obligaciones».","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «I.- De las Asociaciones».","Artículo 1777: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 2033: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 2316: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».","Artículo 2345: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | »."]},"articulo":{"numero":"503","clave":"503","slug":"503","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las Personas","TITULO NOVENO. De la Tutela","CAPITULO VII. De las Personas Inhábiles para el Desempeño de la Tutela y de las que deben ser Separadas de ella"],"texto":"No pueden ser tutores, aunque estén anuentes en recibir el cargo:\n\nI. Los menores de edad;\n\nII. Los mayores de edad que se encuentren bajo tutela;\n\nIII. Los que hayan sido removidos de otra tutela por haberse conducido mal, ya respecto de la persona, ya respecto de la administración de los bienes del incapacitado;\n\nIV. Los que por sentencia que cause ejecutoria hayan sido condenados a la privación de este cargo o a la inhabilitación para obtenerlo;\n\nV. El que haya sido condenado por robo, abuso de confianza, estafa, fraude o por delitos contra la honestidad;\n\nVI. Los que no tengan oficio o modo de vivir conocido o sean notoriamente de mala conducta;\n\nVII. Los que al deferirse la tutela, tengan pleito pendiente con el incapacitado;\n\nVIII. Los deudores del incapacitado en cantidad considerable, a juicio del juez, a no ser que el que nombre tutor testamentario lo haya hecho con conocimiento de la deuda, declarándolo así expresamente al hacer el nombramiento;\n\nIX. Los jueces, magistrados y demás funcionarios o empleados de la administración de justicia;\n\nX. El que no esté domiciliado en el lugar en que deba ejercer la tutela;\n\nXI. Los empleados públicos de Hacienda, que por razón de su destino tengan responsabilidad pecuniaria actual o la hayan tenido y no la hubieren cubierto;\n\nXII. El que padezca enfermedad crónica contagiosa;\n\nXIII. Los demás a quienes lo prohíba la ley.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-503/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-503.md"},"cita":"Artículo 503, Código Civil Federal. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-503/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}