{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","abreviatura":"CCom","titulo":"Código de Comercio","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1889-10-07","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccom.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCom.doc","sha256":"823ff8eaeb1e740d8e344b13592f5f4a81f0a595fe6259be06e131f6b91248dd","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento»."]},"articulo":{"numero":"1043","clave":"1043","slug":"1043","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO","TITULO SEGUNDO. De las Prescripciones"],"texto":"En un año se prescribirán:\n\nI.- La acción de los mercaderes por menor por las ventas que hayan hecho de esa manera al fiado, contándose el tiempo de cada partida aisladamente desde el día en que se efectuó la venta, salvo el caso de cuenta corriente que se lleve entre los interesados;\n\nII.- La acción de los dependientes de comercio por sus sueldos, contándose el tiempo desde el día de su separación;\n\nIII.- (Se deroga).\n\nIV.- Las acciones que tengan por objeto exigir la responsabilidad de los agentes de Bolsa o corredores de comercio por las obligaciones en que intervengan en razón de su oficio;\n\nV.- (Se deroga).\n\nVI.- Las acciones nacidas de servicios, obras, provisiones o suministros de efectos o de dinero para construir, reparar, pertrechar o avituallar los buques o mantener la tripulación;\n\nVII.- (Se deroga).\n\nVIII.- (Se deroga).","nota":"Fracción derogada DOF 04-01-1994\nFracción derogada DOF 04-01-1994\nFracción derogada DOF 04-01-1994\nFracción derogada DOF 04-01-1994","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1043/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1043.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1158","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1158/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.475","epigrafe":"Prescripción en dos años","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-475/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1161","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1161/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1161","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1161/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1631","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1631/"}]}},"cita":"Artículo 1043, Código de Comercio. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1043/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}