{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","abreviatura":"CCom","titulo":"Código de Comercio","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1889-10-07","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccom.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCom.doc","sha256":"823ff8eaeb1e740d8e344b13592f5f4a81f0a595fe6259be06e131f6b91248dd","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento»."]},"articulo":{"numero":"1053","clave":"1053","slug":"1053","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. De los Juicios Mercantiles","TITULO PRIMERO. Disposiciones Generales","CAPITULO I. Del Procedimiento Especial Mercantil"],"texto":"Para su validez, la escritura pública, póliza o convenio judicial a que se refiere el artículo anterior, deberá contener las previsiones sobre el desahogo de la demanda, la contestación, las pruebas y los alegatos, así como:\n\nI.- El negocio o negocios en que se ha de observar el procedimiento convenido;\n\nII.- La sustanciación que debe observarse, pudiendo las partes convenir en excluir algún medio de prueba, siempre que no afecten las formalidades esenciales del procedimiento;\n\nIII.- Los términos que deberán seguirse durante el juicio, cuando se modifiquen los que la ley establece;\n\nIV.- Los recursos legales a que renuncien, siempre que no se afecten las formalidades esenciales del procedimiento;\n\nV.- El juez que debe conocer del litigio para el cual se conviene el procedimiento en los casos en que conforme a este Código pueda prorrogarse la competencia;\n\nVI.- El convenio también deberá expresar los nombres de los otorgantes, su capacidad para obligarse, el carácter con que contraten, sus domicilios y cualquiera otros datos que definan la especialidad del procedimiento.\n\nEn las demás materias, a falta de acuerdo especial u omisión de las partes en la regulación procesal convenida, se observarán las disposiciones de este libro.","nota":"Artículo reformado DOF 04-01-1989","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1053/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1053.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1051","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1051/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1289","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1289/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"1003","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-1003/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"521","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-521/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"142","epigrafe":"Solicitud de las órdenes de comparecencia o de aprehensión","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-142/"},{"ley":"ley-de-amparo","numero":"218","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-218/"}]}},"cita":"Artículo 1053, Código de Comercio. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1053/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}