{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","abreviatura":"CCom","titulo":"Código de Comercio","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1889-10-07","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccom.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCom.doc","sha256":"823ff8eaeb1e740d8e344b13592f5f4a81f0a595fe6259be06e131f6b91248dd","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento»."]},"articulo":{"numero":"1126","clave":"1126","slug":"1126","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. De los Juicios Mercantiles","TITULO PRIMERO. Disposiciones Generales","CAPÍTULO VIII. De las competencias y excepciones procesales"],"texto":"En la excepción de falta de personalidad del actor, o en la objeción que se haga a la personalidad del que represente al demandado, cuando se declare fundada una u otra, si fuere subsanable, el tribunal concederá un plazo no mayor de diez días para que se subsane. De no hacerse así, cuando se trate de la legitimación al proceso por el demandado, se continuará el juicio en rebeldía de éste. Si no se subsanara la del actor, el juez de inmediato sobreseerá el juicio y devolverá los documentos.\n\nLa falta de capacidad del actor obliga al juez a dar por sobreseído el juicio.","nota":"Artículo reformado DOF 04-01-1989, 24-05-1996","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1126/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1126.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1057","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1057/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-agraria","numero":"182","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-182/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"71","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-71/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1414 Bis 10","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1414-bis-10/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"72","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-72/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1390 Bis 19","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1390-bis-19/"}]}},"cita":"Artículo 1126, Código de Comercio. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1126/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}