{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","abreviatura":"CCom","titulo":"Código de Comercio","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1889-10-07","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccom.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCom.doc","sha256":"823ff8eaeb1e740d8e344b13592f5f4a81f0a595fe6259be06e131f6b91248dd","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento»."]},"articulo":{"numero":"1414 Bis 3","clave":"1414bis3","slug":"1414-bis-3","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. De los Juicios Mercantiles","TITULO TERCERO BIS. De los procedimientos de ejecución de la prenda sin transmisión de posesión y del fideicomiso de garantía","CAPITULO I. Del procedimiento extrajudicial de ejecución de garantías otorgadas mediante prenda sin transmisión de posesión y fideicomiso de garantía"],"texto":"Fuera de los casos previstos en el artículo anterior, el fiduciario o el acreedor prendario podrá obtener la posesión de los bienes objeto de la garantía, si así se estipuló expresamente en el contrato respectivo. Este acto deberá llevarse a cabo ante fedatario público, quien deberá levantar el acta correspondiente, así como el inventario pormenorizado de los bienes.","nota":"Artículo adicionado DOF 23-05-2000","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1414-bis-3/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1414-bis-3.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"863","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-863/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2074","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2074/"},{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1414 Bis 1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1414-bis-1/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.724","epigrafe":"Autorización para dar bienes en comodato","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-724/"},{"ley":"codigo-fiscal-de-la-federacion","numero":"159","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-fiscal-de-la-federacion/articulo-159/"}]}},"cita":"Artículo 1414 Bis 3, Código de Comercio. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1414-bis-3/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}