{"ley":{"id":"codigo-de-comercio","nombre":"Código de Comercio","abreviatura":"CCom","titulo":"Código de Comercio","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1889-10-07","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/ccom.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CCom.doc","sha256":"823ff8eaeb1e740d8e344b13592f5f4a81f0a595fe6259be06e131f6b91248dd","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/","notas_verificacion":["Fecha de última reforma: el documento dice 2025-11-14; index.htm dice 2026-02-18, que es la fecha de «Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 18-02-2026» del encabezado del documento (actualización de cantidades, no reforma del texto).","Encabezado sin etiqueta de Libro/Título/Capítulo/Sección en la fuente, no incluido en `nodes`: «De las Formas y Efectos del Contrato de Fletamento»."]},"articulo":{"numero":"1480","clave":"1480","slug":"1480","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. De los Juicios Mercantiles","TITULO CUARTO. DEL ARBITRAJE COMERCIAL","CAPÍTULO X. De la Intervención Judicial en la Transacción Comercial y el Arbitraje"],"texto":"Podrá denegarse el reconocimiento o la ejecución de una medida cautelar únicamente:\n\nI. Si, al actuar a instancia de la parte afectada por la medida, al juez le consta que:\n\na) Dicha denegación está justificada por alguno de los motivos enunciados en los incisos a), b), c) o d) de la fracción I del artículo 1462, o\n\nb) No se ha cumplido la decisión del Tribunal Arbitral sobre la prestación de la garantía que corresponda a la medida cautelar otorgada por el Tribunal Arbitral, o\n\nc) La medida cautelar ha sido revocada o suspendida por el Tribunal Arbitral o, en caso de que esté facultado para hacerlo, por un tribunal del estado en donde se tramite el procedimiento de arbitraje o conforme a cuyo derecho dicha medida se otorgó, o\n\nII. Si el Juez resuelve que:\n\na) La medida cautelar es incompatible con las facultades que se le confieren, a menos que el mismo juez decida reformular la medida para ajustarla a sus propias facultades y procedimientos a efectos de poderla ejecutar sin modificar su contenido, o bien que\n\nb) Alguno de los motivos de denegación enunciados en la fracción II del artículo 1462 es aplicable al reconocimiento o a la ejecución de la medida cautelar.\n\nToda determinación a la que llegue el juez respecto de cualquier motivo enunciado en la fracción I del presente artículo será únicamente aplicable para los fines de la solicitud de reconocimiento y ejecución de la medida cautelar. 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Adicionado DOF 27-01-2011","url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1480/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1480.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1479","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1479/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-de-comercio","numero":"1390 Bis 7","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-de-comercio/articulo-1390-bis-7/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"42","epigrafe":"Efectos de la recusación y excusa","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-42/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"521","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-521/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"521","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-521/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"671","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-671/"}]}},"cita":"Artículo 1480, Código de Comercio. 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