{"ley":{"id":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","nombre":"Código Nacional de Procedimientos Penales","abreviatura":"CNPP","titulo":"Código Nacional de Procedimientos Penales","jurisdiccion":"federal","materia":"procesal-penal","publicacion_original":"2014-03-05","ultima_reforma":"2025-11-28","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cnpp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CNPP.doc","sha256":"d9748449446d54f8525f98b569d8f88d751e5a70747824d39983e5df0c5a83b0","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"155","clave":"155","slug":"155","epigrafe":"Tipos de medidas cautelares","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES","TÍTULO VI. MEDIDAS DE PROTECCIÓN DURANTE LA INVESTIGACIÓN, FORMAS DE CONDUCCIÓN DEL IMPUTADO AL PROCESO Y MEDIDAS CAUTELARES","CAPÍTULO IV. MEDIDAS CAUTELARES","SECCIÓN I. Disposiciones generales"],"texto":"A solicitud del Ministerio Público o de la víctima u ofendido, el juez podrá imponer al imputado una o varias de las siguientes medidas cautelares:\n\nI. La presentación periódica ante el juez o ante autoridad distinta que aquél designe;\n\nII. La exhibición de una garantía económica;\n\nIII. El embargo de bienes;\n\nIV. La inmovilización de cuentas y demás valores que se encuentren dentro del sistema financiero;\n\nV. La prohibición de salir sin autorización del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el juez;\n\nVI. El sometimiento al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada o internamiento a institución determinada;\n\nVII. La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o acercarse o ciertos lugares;\n\nVIII. La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con determinadas personas, con las víctimas u ofendidos o testigos, siempre que no se afecte el derecho de defensa;\n\nIX. La separación inmediata del domicilio;\n\nX. La suspensión temporal en el ejercicio del cargo cuando se le atribuye un delito cometido por servidores públicos;\n\nXI. La suspensión temporal en el ejercicio de una determinada actividad profesional o laboral;\n\nXII. La colocación de localizadores electrónicos;\n\nXIII. El resguardo en su propio domicilio con las modalidades que el juez disponga, o\n\nXIV. La prisión preventiva.\n\nLas medidas cautelares no podrán ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o como sanción penal anticipada.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-155/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-155.md"},"cita":"Artículo 155, Código Nacional de Procedimientos Penales. Texto vigente, última reforma DOF 28 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-155/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}