{"ley":{"id":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","nombre":"Código Nacional de Procedimientos Penales","abreviatura":"CNPP","titulo":"Código Nacional de Procedimientos Penales","jurisdiccion":"federal","materia":"procesal-penal","publicacion_original":"2014-03-05","ultima_reforma":"2025-11-28","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cnpp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CNPP.doc","sha256":"d9748449446d54f8525f98b569d8f88d751e5a70747824d39983e5df0c5a83b0","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"340","clave":"340","slug":"340","epigrafe":"Actuación del imputado en la fase escrita de la etapa intermedia","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO","TÍTULO VII. ETAPA INTERMEDIA","CAPÍTULO I. OBJETO"],"texto":"Dentro de los diez días siguientes a que fenezca el plazo para la solicitud de coadyuvancia de la víctima u ofendido, el acusado o su Defensor, mediante escrito dirigido al Juez de control, podrán:\n\nI. Señalar vicios formales del escrito de acusación y pronunciarse sobre las observaciones del coadyuvante y si lo consideran pertinente, requerir su corrección. No obstante, el acusado o su Defensor podrán señalarlo en la audiencia intermedia;\n\nII. Ofrecer los medios de prueba que pretenda se desahoguen en el juicio;\n\nIII. Solicitar la acumulación o separación de acusaciones, y\n\nIV. Manifestarse sobre los acuerdos probatorios.\n\nEl escrito del acusado o su Defensor se notificará al Ministerio Público y al coadyuvante dentro de las veinticuatro horas siguientes a su presentación.","nota":"Párrafo reformado DOF 17-06-2016\nFracción reformada DOF 17-06-2016\nFracción adicionada DOF 17-06-2016\nFracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016\nFracción reformada y recorrida DOF 17-06-2016\nPárrafo reformado DOF 17-06-2016\nReforma DOF 17-06-2016: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-340/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-340.md"},"cita":"Artículo 340, Código Nacional de Procedimientos Penales. Texto vigente, última reforma DOF 28 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-340/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}