{"ley":{"id":"codigo-penal-federal","nombre":"Código Penal Federal","abreviatura":"CPF","titulo":"Código Penal Federal","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"1931-08-14","ultima_reforma":"2026-03-13","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpf.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CPF.doc","sha256":"f4ec5aaa63b94bbd2832dccc2cfdcfeb8a72b992e7d68fd37aefc7b4948cbe65","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»"]},"articulo":{"numero":"246","clave":"246","slug":"246","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO DECIMOTERCERO. Falsedad","CAPITULO IV. Falsificación de documentos en general"],"texto":"También incurrirá en la pena señalada en el artículo 243:\n\nI.- El funcionario o empleado que, por engaño o sorpresa, hiciere que alguien firme un documento público, que no habría firmado sabiendo su contenido;\n\nII.- El Notario y cualquier otro funcionario público que, en ejercicio de sus funciones, expida una certificación de hechos que no sean ciertos, o da fe de lo que no consta en autos, registros, protocolos o documentos;\n\nIII.- El que, para eximirse de un servicio debido legalmente, o de una obligación impuesta por la ley, suponga una certificación de enfermedad o impedimento que no tiene como expedida por un médico cirujano, sea que exista realmente la persona a quien la atribuya, ya sea ésta imaginaria o ya tome el nombre de una persona real, atribuyéndoles falsamente la calidad de médico o cirujano;\n\nIV.- El médico que certifique falsamente que una persona tiene una enfermedad u otro impedimento bastante para dispensarla de prestar un servicio que exige la ley, o de cumplir una obligación que ésta impone, o para adquirir algún derecho;\n\nV.- El que haga uso de una certificación verdadera expedida para otro, como si lo hubiere sido en su favor, o altere la que a él se le expidió;\n\nVI.- Los encargados del servicio telegráfico, telefónico o de radio que supongan o falsifiquen un despacho de esa clase;\n\nVII.- El prestador de servicios de certificación que realice actividades sin contar con la respectiva acreditación, en los términos establecidos por el Código de Comercio y demás disposiciones aplicables, y\n\nVIII.- El que a sabiendas hiciere uso de un documento falso o de copia, transcripción o testimonio del mismo, sea público o privado.","nota":"Fe de erratas a la fracción DOF 31-08-1931\nFe de erratas a la fracción DOF 31-08-1931\nFracción reformada DOF 07-04-2016\nFracción adicionada DOF 07-04-2016\nFracción reformada DOF 15-01-1951. Recorrida DOF 07-04-2016","url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-246/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-246.md"},"cita":"Artículo 246, Código Penal Federal. Texto vigente, última reforma DOF 13 mar 2026. https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-246/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}