{"ley":{"id":"codigo-penal-federal","nombre":"Código Penal Federal","abreviatura":"CPF","titulo":"Código Penal Federal","jurisdiccion":"federal","materia":"penal","publicacion_original":"1931-08-14","ultima_reforma":"2026-03-13","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/cpf.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/CPF.doc","sha256":"f4ec5aaa63b94bbd2832dccc2cfdcfeb8a72b992e7d68fd37aefc7b4948cbe65","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»"]},"articulo":{"numero":"6","clave":"6","slug":"6","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","TITULO PRELIMINAR"],"texto":"Cuando se cometa un delito no previsto en este Código, pero sí en una ley especial o en un tratado internacional de observancia obligatoria en México, se aplicarán éstos, tomando en cuenta las disposiciones del Libro Primero del presente Código y, en su caso, las conducentes del Libro Segundo.\n\nCuando una misma materia aparezca regulada por diversas disposiciones, la especial prevalecerá sobre la general.\n\nEn caso de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes siempre se procurará el interés superior de la infancia que debe prevalecer en toda aplicación de ley.","nota":"Párrafo adicionado DOF 19-08-2010\nArtículo reformado DOF 14-01-1985","url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-6/","markdown":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-6.md"},"cita":"Artículo 6, Código Penal Federal. Texto vigente, última reforma DOF 13 mar 2026. https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-6/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}