{"ley":{"id":"colima/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Colima","abreviatura":"CCCOL","titulo":"Código Civil para el Estado de Colima","jurisdiccion":"colima","materia":"civil","publicacion_original":"1954-09-25","ultima_reforma":"2025-05-17","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial \"El Estado de Colima\"","fuente":"H. Congreso del Estado de Colima — Legislación Estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresocol.gob.mx/web/www/leyes/index.php","archivo_url":"https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_civil_17mayo2025.pdf","sha256":"902d9cc46285c41666086f48ec89d28e335d2f9a8bed38d77de4d9023e0732fb","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/","notas_verificacion":["6 rótulos con erratas de captura ('BlS' con ele minúscula, 'BIS1', 'BIS. 2.', '2559.- BIS.') se leen como 'BIS', 'BIS 1', 'BIS 2', '2559 BIS.'; el texto del artículo no cambia.","12 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","8 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 1900 (orden 2003 y 2093); el segundo se publica con clave '1900-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2957): [1990]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Dirección de Proceso Legislativo); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Dirección de Proceso Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO DEC. … P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"1702-D","clave":"1702d","slug":"1702-d","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES","PARTE PRIMERA. De las obligaciones en general","TITULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones","CAPITULO I. Contratos"],"texto":"Se presume que un mensaje de datos ha sido enviado por el emisor y, por lo tanto, el destinatario, podrá actuar en consecuencia, cuando:\n\nI.- Haya aplicado en forma adecuada el procedimiento acordado previamente con el emisor, con el fin de establecer que el mensaje de datos provenía efectivamente de éste; y\n\nII.- El mensaje de datos que reciba el destinatario o la parte que confía, resulte de los actos de un Intermediario que le haya dado acceso a algún método utilizado por el emisor para identificar un mensaje de datos como propio.\n\nLo dispuesto en el presente artículo no se aplicará:\n\nI.- A partir del momento en que el destinatario haya sido informado por el Emisor de que el mensaje de datos no provenía de éste, y haya dispuesto de un plazo razonable para actuar en consecuencia; y\n\nII.- A partir del momento en que el destinatario o la parte que confía, tenga conocimiento, o debiere tenerlo, de haber actuado con la debida diligencia o aplicado algún método convenido, que el mensaje de datos no provenía del emisor.\n\nSalvo prueba en contrario y sin perjuicio del uso de cualquier otro método de verificación de la identidad del Emisor, se presumirá que se actuó con la debida\n\ndiligencia si el método que usó el Destinatario o la Parte que Confía cumple con los requisitos establecidos en este Código para la verificación de la fiabilidad de las Firmas Electrónicas.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-1702-d/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-1702-d.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1691-D","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1691-d/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1691-G","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1691-g/"},{"ley":"colima/codigo-civil","numero":"1702-G","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-1702-g/"},{"ley":"colima/codigo-civil","numero":"1702-C","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-1702-c/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"1691-C","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-1691-c/"}]}},"cita":"Artículo 1702-D, Código Civil de Colima (Colima). 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