{"ley":{"id":"colima/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Colima","abreviatura":"CCCOL","titulo":"Código Civil para el Estado de Colima","jurisdiccion":"colima","materia":"civil","publicacion_original":"1954-09-25","ultima_reforma":"2025-05-17","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial \"El Estado de Colima\"","fuente":"H. Congreso del Estado de Colima — Legislación Estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresocol.gob.mx/web/www/leyes/index.php","archivo_url":"https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_civil_17mayo2025.pdf","sha256":"902d9cc46285c41666086f48ec89d28e335d2f9a8bed38d77de4d9023e0732fb","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/","notas_verificacion":["6 rótulos con erratas de captura ('BlS' con ele minúscula, 'BIS1', 'BIS. 2.', '2559.- BIS.') se leen como 'BIS', 'BIS 1', 'BIS 2', '2559 BIS.'; el texto del artículo no cambia.","12 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","8 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 1900 (orden 2003 y 2093); el segundo se publica con clave '1900-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2957): [1990]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Dirección de Proceso Legislativo); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Dirección de Proceso Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO DEC. … P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"2824","clave":"2824","slug":"2824","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES","PARTE SEGUNDA. De las diversas especies de contratos","TITULO DECIMOQUINTO. De la hipoteca","CAPITULO III. De la hipoteca necesaria"],"texto":"Tienen derecho de pedir la hipoteca necesaria para seguridad de sus créditos:\n\nI.- El coheredero o partícipe, sobre los inmuebles repartidos, en cuanto importen los respectivos saneamientos o el exceso de los bienes que hayan recibido; II.- Los descendientes de cuyos bienes fueren meros administradores los ascendientes, sobre los bienes de éstos, para garantizar la conservación y devolución de aquéllos; teniendo en cuenta lo que dispone la fracción III del artículo 520;\n\nIII.- Los menores y demás incapacitados sobre los bienes de sus tutores, por lo que éstos administren;\n\nIV.- Los legatarios, por el importe de sus legados, si no hubiere hipoteca especial designada por el mismo testador;\n\nV.- El Estado, los Municipios y los establecimientos públicos, sobre los bienes de sus administradores o recaudadores, para asegurar las rentas de sus respectivos cargos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-2824/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-2824.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"colima/codigo-civil","numero":"2825","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-2825/"},{"ley":"colima/codigo-civil","numero":"2828","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-2828/"},{"ley":"colima/codigo-civil","numero":"2884","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-2884/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2809","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2809/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"2941","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-2941/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2935","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2935/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2935","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2935/"},{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"2306","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-2306/"}]}},"cita":"Artículo 2824, Código Civil de Colima (Colima). 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