{"ley":{"id":"colima/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Colima","abreviatura":"CPCOL","titulo":"Código Penal para el Estado de Colima","jurisdiccion":"colima","materia":"penal","publicacion_original":"2014-10-11","ultima_reforma":"2026-10-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial \"El Estado de Colima\"","fuente":"H. Congreso del Estado de Colima — Legislación Estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresocol.gob.mx/web/www/leyes/index.php","archivo_url":"https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_penal_10octubre2026.pdf","sha256":"fd310fddcb14c44e2c035ce7665fc4c4bbb771a1096df03eedfca3dd6d9543a7","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 rótulos con erratas de captura ('BlS' con ele minúscula, 'BIS1', 'BIS. 2.', '2559.- BIS.') se leen como 'BIS', 'BIS 1', 'BIS 2', '2559 BIS.'; el texto del artículo no cambia.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","117 artículos abren con su epígrafe ('ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.', 'ARTÍCULO 32. Catálogo de penas. Las penas …'): se publica como epígrafe, sin el punto final; el texto conserva el resto del párrafo.","número de artículo repetido en la fuente: 30 (orden 30 y 31); el segundo se publica con clave '30-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Dirección de Proceso Legislativo); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Dirección de Proceso Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO DEC. … P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"200","clave":"200","slug":"200","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO SEXTO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO","CAPÍTULO IV. FRAUDE"],"texto":"Se equiparan al fraude y se sancionarán:\n\nA). Con las penas previstas en la fracción IV del artículo anterior, al que:\n\nI. Enajene o traspase una negociación sin autorización de los acreedores de ella o sin que el nuevo adquiriente se comprometa a responder de los créditos, siempre que estos últimos resulten insolutos;\n\nII. Venda a dos o más personas una misma cosa, sea mueble o inmueble, y reciba el precio de la primera, de la segunda enajenación o de ambas, o parte de él, o cualquier otro lucro, con perjuicio del primero o del segundo comprador;\n\nIII. En carácter de fabricante, comerciante, empresario, contratista o constructor de una obra, suministre o emplee en ésta materiales o realice construcciones de calidad o cantidad inferior a las convenidas, o mano de obra inferior a la estipulada, si ha recibido el precio convenido o parte de él; o\n\nIV. Venda un bien inmueble utilizando como artificio un contrato de compraventa o cesión de derechos escrito a sabiendas de que estaba hipotecado o gravado, y sin hacerlo del conocimiento del comprador o adquiriente, y hubiere recibido parte, o el total del precio de la venta o cualquier otro lucro indebido.\n\nB). Con las penas previstas en la fracción III del artículo anterior, al que:\n\nI. Reciba el pago total o parcial de un adeudo o interés, y no expida la constancia o recibo correspondiente.\n\nEste delito se sancionará aún en el caso de falta de pago total o parcial del precio de la cosa, el derecho transmitido, de la obligación alimentaria o en su caso de la expedición de la constancia o recibo correspondiente; o\n\nII. Para obtener un lucro indebido, explote las preocupaciones, las supersticiones o la ignorancia de las personas, por medio de supuestas evocaciones de\n\nespíritus, adivinaciones o curaciones u otros procedimientos carentes de validez técnica o científica.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-200/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-200.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"292","epigrafe":"Tipos penales equiparados al fraude","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-292/"},{"ley":"baja-california-sur/codigo-penal","numero":"241","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-penal/articulo-241/"},{"ley":"guerrero/codigo-penal","numero":"238","epigrafe":"Fraude específico","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-238/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"405","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-405/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"219","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-219/"}]}},"cita":"Artículo 200, Código Penal de Colima (Colima). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-200/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}