{"ley":{"id":"colima/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Colima","abreviatura":"CPCOL","titulo":"Código Penal para el Estado de Colima","jurisdiccion":"colima","materia":"penal","publicacion_original":"2014-10-11","ultima_reforma":"2026-10-10","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial \"El Estado de Colima\"","fuente":"H. Congreso del Estado de Colima — Legislación Estatal (Códigos)","fuente_url":"https://congresocol.gob.mx/web/www/leyes/index.php","archivo_url":"https://congresocol.gob.mx/web/Sistema/uploads/LegislacionEstatal/Codigos/codigo_penal_10octubre2026.pdf","sha256":"fd310fddcb14c44e2c035ce7665fc4c4bbb771a1096df03eedfca3dd6d9543a7","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 rótulos con erratas de captura ('BlS' con ele minúscula, 'BIS1', 'BIS. 2.', '2559.- BIS.') se leen como 'BIS', 'BIS 1', 'BIS 2', '2559 BIS.'; el texto del artículo no cambia.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","117 artículos abren con su epígrafe ('ARTÍCULO 1. Aplicación del Código.', 'ARTÍCULO 32. Catálogo de penas. Las penas …'): se publica como epígrafe, sin el punto final; el texto conserva el resto del párrafo.","número de artículo repetido en la fuente: 30 (orden 30 y 31); el segundo se publica con clave '30-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Dirección de Proceso Legislativo); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Dirección de Proceso Legislativo del H. Congreso del Estado de Colima») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO DEC. … P.O. …)'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"234","clave":"234","slug":"234","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO PRIMERO. DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS O DE PARTICULARES Y EJERCICIO INDEBIDO DE FUNCIONES","CAPÍTULO II. EJERCICIO INDEBIDO DE SERVICIO PÚBLICO (REFORMADO DECRETO 383, P.O. 75, SUP. 3, 25 NOVIEMBRE 2017)"],"texto":"Comete el delito de ejercicio indebido de servicio público, el servidor público que:\n\nI. Ejerza sus funciones sin haber tomado posesión legítima;\n\nII. Continúe ejerciendo las funciones de un empleo, cargo o comisión a sabiendas que se ha revocado su nombramiento, que se le ha suspendido o destituido;\n\nIII. Haga uso indebido de documentos o información contenida en formato, físico o electrónico, a los que tenga acceso;\n\nIV. Teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que pueden resultar afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública estatal, organismos descentralizados, empresa de participación estatal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a éstas y fideicomisos públicos, de órganos estatales autónomos, del Poder Legislativo o del Poder Judicial, por cualquier acto u omisión y no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades; o\n\nV. Por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte, niegue, utilice, o inutilice ilícitamente información o documentación que se encuentra bajo su custodia o a la cual tenga acceso mediante los archivos físicos o electrónicos que se encuentren en la base de datos o en cualquier medio electrónico, o de la que tenga conocimiento en virtud de su empleo, cargo o comisión. Al que cometa alguno de los delitos previstos en las fracciones I y II de este artículo se le impondrán de tres meses a un año de prisión y multa por un importe equivalente de cincuenta a cien veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.\n\nAl infractor de las fracciones III y IV de este artículo se le impondrán de dos a siete años de prisión, multa por un importe equivalente de cincuenta a cien veces el valor diario de la unidad de medida y actualización.\n\nAl infractor de la fracción V de este artículo se le impondrán de tres a ocho años de prisión y multa por un importe equivalente de cien a doscientas unidades de medida y actualización.\n\nCuando en el ocultamiento o ante la negativa de proporcionar información o documentos mediara solicitud o requerimiento de autoridad judicial o administrativa dentro de juicio o procedimiento llevado en forma de juicio, las sanciones impuestas en el párrafo anterior se aumentaran en un tercio.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-234/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-234.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"colima/codigo-penal","numero":"233","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-233/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"299","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-299/"},{"ley":"sinaloa/codigo-penal","numero":"298","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-298/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"214","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-214/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"207","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-207/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"238","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-238/"}]}},"cita":"Artículo 234, Código Penal de Colima (Colima). Texto vigente, última reforma 10 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-penal/articulo-234/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}