{"ley":{"id":"durango/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Durango","abreviatura":"CCDGO","titulo":"Código Civil del Estado de Durango","jurisdiccion":"durango","materia":"civil","publicacion_original":"1948-01-22","ultima_reforma":"2026-06-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango","fuente":"H. Congreso del Estado de Durango — Legislación estatal","fuente_url":"https://congresodurango.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-estatal/","archivo_url":"https://congresodurango.gob.mx/Archivos/legislacion/CODIGO%20CIVIL.pdf","sha256":"8d1fa0d3715c5065ab3f96fa910504103e5151bb45e67c3910015dc39031a0cb","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/","notas_verificacion":["88 líneas de guiones que separan los decretos de reforma (después de los transitorios) se omiten.","13 notas de reforma impresas debajo de un encabezado (título, capítulo, subtítulo, sección o su denominación) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","9 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","10 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","número de artículo repetido en la fuente: 312 (orden 331 y 332); el segundo se publica con clave '312-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 666 (impreso '(sic)' fuera de secuencia; orden 704 y 706); el primero (fuera de secuencia) se publica con clave '666-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2922): [313, 664]","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «FECHA DE ÚLTIMA REFORMA: …») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('ARTICULO REFORMADO POR DEC. … P.O. …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","congresodurango.gob.mx responde 503 desde el equipo local: el PDF oficial se descargó desde un Vercel Sandbox (misma URL oficial; sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"58","clave":"58","slug":"58","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TÍTULO CUARTO. DEL REGISTRO CIVIL","CAPÍTULO III. DE LAS ACTAS DE RECONOCIMIENTO"],"texto":"El Acta de Nacimiento, contendrá el año, mes, día, hora y lugar de Nacimiento, el sexo, la impresión digital del presentado; el nombre y apellidos que le correspondan, que en ningún caso podrán contener elementos que sean ofensivos, discriminatorios o sean motivo de exposición al ridículo para la persona, no podrá omitirse, la expresión de si es presentado vivo o muerto, el nombre, domicilio y nacionalidad de los padres; el nombre, domicilio y nacionalidad de los abuelos paternos y maternos; el nombre, edad, domicilio y nacionalidad de los testigos, y si la presentación la realiza una persona distinta de los padres, se anotará su nombre, apellidos, edad, domicilio y parentesco (sic) con el registrado; salvo las prevenciones contenidas en los Artículos siguientes:\n\nEl Oficial del Registro Civil deberá asentar como domicilio del nacido, el que señalen sus padres si el nacimiento ocurriere en un establecimiento de reclusión del Estado.\n\nEn el caso del artículo 60 de este Código, el Oficial del Registro Civil pondrá el apellido paterno de los progenitores o los dos apellidos del que lo reconozca.\n\nARTICULO REFORMADO POR DEC. 346 P.O. 105 BIS DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2017.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-58/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-58.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"durango/codigo-civil","numero":"69","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-69/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"89","epigrafe":"Contenido","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-89/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"58","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-58/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"323","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-323/"},{"ley":"oaxaca/codigo-civil","numero":"68","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-68/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"75","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-75/"}]}},"cita":"Artículo 58, Código Civil de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-58/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}