{"ley":{"id":"durango/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Durango","abreviatura":"CCDGO","titulo":"Código Civil del Estado de Durango","jurisdiccion":"durango","materia":"civil","publicacion_original":"1948-01-22","ultima_reforma":"2026-06-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango","fuente":"H. Congreso del Estado de Durango — Legislación estatal","fuente_url":"https://congresodurango.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-estatal/","archivo_url":"https://congresodurango.gob.mx/Archivos/legislacion/CODIGO%20CIVIL.pdf","sha256":"8d1fa0d3715c5065ab3f96fa910504103e5151bb45e67c3910015dc39031a0cb","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/","notas_verificacion":["88 líneas de guiones que separan los decretos de reforma (después de los transitorios) se omiten.","13 notas de reforma impresas debajo de un encabezado (título, capítulo, subtítulo, sección o su denominación) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","9 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","10 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","número de artículo repetido en la fuente: 312 (orden 331 y 332); el segundo se publica con clave '312-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 666 (impreso '(sic)' fuera de secuencia; orden 704 y 706); el primero (fuera de secuencia) se publica con clave '666-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2922): [313, 664]","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «FECHA DE ÚLTIMA REFORMA: …») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('ARTICULO REFORMADO POR DEC. … P.O. …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","congresodurango.gob.mx responde 503 desde el equipo local: el PDF oficial se descargó desde un Vercel Sandbox (misma URL oficial; sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"717","clave":"717","slug":"717","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TÍTULO DUODÉCIMO. DEL PATRIMONIO DE LA FAMILIA","CAPÍTULO ÚNICO"],"texto":"El patrimonio de familia es una institución de interés público que se constituye con la finalidad de garantizar la subsistencia y el desarrollo de los miembros del núcleo familiar, siendo susceptible de constituirse con los bienes siguientes:\n\nI.- Con la casa que se destine para la habitación de la familia, incluyendo el menaje del hogar;\n\nII.- La parcela destinada a la manutención de la familia;\n\nIII.- El vehículo automotor destinado para el uso y beneficio de la familia; y\n\nIV.- El equipo y herramienta de la micro o pequeña industria que sirva de sustento económico a la familia.\n\nARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 136 P. O. 30 BIS DE 13 DE ABRIL DE 2014.\n\nARTÍCULO REFORMADO POR DEC. 391 P.O. 49 DEL 18 DE JUNIO DE 2023.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-717/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-717.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"722","epigrafe":"Concepto","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-722/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"746","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-746/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"723","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-723/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"771","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-771/"},{"ley":"yucatan/codigo-civil","numero":"785","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-civil/articulo-785/"}]}},"cita":"Artículo 717, Código Civil de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-717/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}