{"ley":{"id":"durango/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Durango","abreviatura":"CPDGO","titulo":"Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango","jurisdiccion":"durango","materia":"penal","publicacion_original":"2009-06-14","ultima_reforma":"2026-06-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango","fuente":"H. 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Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «FECHA DE ÚLTIMA REFORMA: …») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('ARTICULO REFORMADO POR DEC. … P.O. …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","congresodurango.gob.mx responde 503 desde el equipo local: el PDF oficial se descargó desde un Vercel Sandbox (misma URL oficial; sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"326","clave":"326","slug":"326","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS","TÍTULO QUINTO. DELITOS CONTRA EL ESTADO","SUBTITULO TERCERO. DELITOS POR HECHOS Y/O ACTOS DE CORRUPCIÓN","CAPÍTULO III. INCUMPLIMIENTO, EJERCICIO INDEBIDO Y ABANDONO DEL SERVICIO PÚBLICO"],"texto":"Comete el delito de ejercicio indebido del servicio público, el que:\n\nI. Ejerza las funciones de un cargo o comisión sin haber rendido protesta constitucional;\n\nII. Ejerza las funciones de un cargo o comisión sin satisfacer los requisitos legales;\n\nIII. Ejerza las funciones de un cargo o comisión después de haber sido notificado de la suspensión, destitución o revocación de su nombramiento o después de haber renunciado, salvo que por disposición legal o reglamentaria deba continuar ejerciendo sus funciones hasta ser relevado;\n\nIV. Se atribuya funciones o comisiones distintas a las que legalmente tenga encomendadas en perjuicio de terceros o de la función pública;\n\nV. Por sí o por interpósita persona, sustraiga, destruya, oculte, altere, utilice o inutilice, indebidamente información o documentación que se encuentre bajo su custodia o a la cual tenga acceso o de la que tenga conocimiento en virtud de su cargo o comisión;\n\nVI. Teniendo obligación por razones de cargo o comisión, de custodiar, vigilar, proteger o dar seguridad a personas, lugares, instalaciones u objetos, incumpliendo su deber, en cualquier forma propicie daño a las personas o a los lugares, instalaciones u objetos o pérdida o sustracción de objetos que se encuentren bajo su cuidado; y,\n\nVII. Rinda dolosamente informes en los que manifieste hechos o circunstancias falsos o niegue la verdad sobre los que le sean legalmente requeridos.\n\nVIII. Teniendo conocimiento por razón de su empleo, cargo o comisión de que pueden resultar gravemente afectados el patrimonio o los intereses de alguna dependencia o entidad de la administración pública estatal centralizada, organismos descentralizados, empresa de participación estatal mayoritaria, asociaciones y sociedades asimiladas a éstas y fideicomisos públicos, de empresas productivas del Estado, de órganos constitucionales autónomos, del Congreso del Estado o del Poder Judicial, por cualquier acto u omisión y no informe por escrito a su superior jerárquico o lo evite si está dentro de sus facultades.\n\nAl que cometa alguna de las conductas a que se refieren las fracciones I, II y III de este artículo, se le impondrán de dos a siete años de prisión y multa de ciento cuarenta y cuatro a quinientos cuatro veces la Unidad de Medida y Actualización.\n\nAl que cometa alguna de las conductas a que se refieren las fracciones IV, V, VI, VII y VIII de este artículo, se le impondrán de seis a catorce años de prisión y multa de cuatrocientos treinta y dos a mil ocho veces la Unidad de Medida y Actualización.\n\nARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017.\n\nFRACCION VIII ADICIONADA Y DOS ULTIMOS PARRAFOS REFORMADOS POR DEC. 185, P.O. 57 DE 16 DE JULIO DE 2017.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-326/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-326.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"332","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-332/"},{"ley":"sinaloa/codigo-penal","numero":"298","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-298/"},{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"242","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-242/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"184","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-184/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"209","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-209/"}]}},"cita":"Artículo 326, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-326/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}