{"ley":{"id":"durango/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Durango","abreviatura":"CPDGO","titulo":"Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango","jurisdiccion":"durango","materia":"penal","publicacion_original":"2009-06-14","ultima_reforma":"2026-06-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango","fuente":"H. Congreso del Estado de Durango — Legislación estatal","fuente_url":"https://congresodurango.gob.mx/trabajo-legislativo/legislacion-estatal/","archivo_url":"https://congresodurango.gob.mx/Archivos/legislacion/CODIGO%20PENAL%20(NUEVO).pdf","sha256":"34049e34b2e9eacd85ee2967d15098cd16d48ef4ccde49759ccf2766c64a8e63","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/","notas_verificacion":["133 líneas de guiones que separan los decretos de reforma (después de los transitorios) se omiten.","30 notas de reforma impresas debajo de un encabezado (título, capítulo, subtítulo, sección o su denominación) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","11 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","115 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('ARTÍCULO 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","acceso no directo: vercel-sandbox","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación estatal); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «FECHA DE ÚLTIMA REFORMA: …») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('ARTICULO REFORMADO POR DEC. … P.O. …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","congresodurango.gob.mx responde 503 desde el equipo local: el PDF oficial se descargó desde un Vercel Sandbox (misma URL oficial; sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"364","clave":"364","slug":"364","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS","TÍTULO QUINTO. DELITOS CONTRA EL ESTADO","SUBTÍTULO QUINTO. DELITOS EN CONTRA DE LA ADECUADA IMPARTICIÓN DE JUSTICIA COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS","CAPÍTULO II. DELITOS EN EL ÁMBITO DE LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA"],"texto":"Se impondrán de seis meses a seis años de prisión y multa de treinta y seis a cuatrocientas treinta y dos veces la Unidad de Medida y Actualización, al servidor público que:\n\nI. Detenga a un individuo durante la etapa de investigación fuera de los casos señalados por la ley o lo retenga por más tiempo del previsto en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;\n\nII. Obligue al imputado a declarar;\n\nIII. Ejerza la pretensión punitiva cuando no preceda denuncia o querella;\n\nIV. Realice una aprehensión sin poner al imputado a disposición de la autoridad judicial sin dilación alguna, en el término señalado por el párrafo tercero del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;\n\nV. Se abstenga indebidamente de ejercer la pretensión punitiva que corresponda, de una persona que se encuentre detenida a su disposición como probable autor de algún delito o de ejercitar en todo caso la acción penal, cuando sea procedente conforme a la Constitución y a las leyes de la materia;\n\nVI. No otorgue la libertad provisional bajo caución durante la averiguación previa, si procede legalmente o, en su caso, no fije caución al imputado detenido en flagrancia que garantice su comparecencia ante autoridad judicial, cuando no pretenda que se decreten otras medidas cautelares;\n\nVII. Practique cateos o visitas domiciliarias fuera de los casos autorizados por la ley; o,\n\nVIII. Fabrique, altere o simule elementos de prueba para incriminar o exculpar a otro; o,\n\nARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017\n\nIX.- A la persona servidora pública que en ejercicio de sus funciones de forma indebida difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, videos, información reservada, documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, indicios, evidencias, objetos, instrumentos relacionados con el procedimiento penal o productos con uno o varios hechos, señalados por la Ley como delitos.\n\nFRACCIÓN ADICIONADA POR DEC. 130 P.O 40. DE 19 DE MAYO DE 2022.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-364/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-364.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tlaxcala/codigo-penal","numero":"188","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-188/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"356","epigrafe":"Detenciones punibles en la investigación de delitos","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-356/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"217","epigrafe":"Privación de la libertad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-217/"},{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"392","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-392/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"170","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-170/"}]}},"cita":"Artículo 364, Código Penal de Durango (Durango). Texto vigente, última reforma 7 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-364/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}