{"ley":{"id":"estado-de-mexico/codigo-penal","nombre":"Código Penal del Estado de México","abreviatura":"CPEDOMEX","titulo":"Código Penal del Estado de México","jurisdiccion":"estado-de-mexico","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-25","ultima_reforma_fuente":"Gaceta del Gobierno del Estado de México","fuente":"Poder Legislativo del Estado de México — Legislación vigente","fuente_url":"https://legislacion.congresoedomex.gob.mx/legislacion","archivo_url":"https://legislacion.congresoedomex.gob.mx/storage/documentos/legislacion/9-C%C3%93DIGO%20PENAL-.DOC","sha256":"7d788d382d51f86b8e4d99149b4b0d1ce6793b0876819dfaa17270ca1f8665c5","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/","notas_verificacion":["La fuente no trae notas de reforma por artículo; nota_reforma = null. La historia de reformas está en `tabla_reformas` (tabla 'Reformas y adiciones' al final del documento oficial).","La fuente solo incluye los transitorios del texto original; los transitorios de los decretos de reforma no vienen en el documento (solo su fila en la tabla de reformas).","Vigencia cruzada con el listado de decretos de la LXII Legislatura (legislacion.congresoedomex.gob.mx/asuntosparlamentarios/decretos, consultado 2026-10-07): ningún decreto posterior a DECRETO NÚMERO 362 ARTÍCULO SEGUNDO reforma este código. El Periódico Oficial (legislacion.edomex.gob.mx) no responde desde este host, no se pudo cotejar contra la Gaceta."]},"articulo":{"numero":"149","clave":"149","slug":"149","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO PRIMERO. DELITOS CONTRA EL ESTADO","SUBTITULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA","CAPITULO I. ENCUBRIMIENTO"],"texto":"Comete el delito de encubrimiento, el que:\n\nI. Sin haber participado en el hecho delictuoso, albergue, oculte o proporcione la fuga al inculpado de un delito con el propósito de que se substraiga a la acción de la justicia;\n\nII. Sin haber participado en el hecho delictuoso, altere, destruya o sustraiga las huellas o los instrumentos del delito u oculte los objetos o los efectos del mismo para impedir su descubrimiento; y\n\nIII. Sin haber participado en el hecho delictuoso altere, destruya o sustraiga las huellas o los instrumentos del delito u oculte los objetos o efectos del mismo para evitar o dificultar la investigación o reconstrucción del hecho delictuoso.\n\nA los responsables de este delito se les impondrán de uno a tres años de prisión y de treinta a ciento cincuenta días multa.\n\nCuando las conductas establecidas en este artículo se refieran a procedimientos penales por los delitos previstos en los artículos 241, 268 Bis, 274 y 281 de este Código, se impondrá por el encubrimiento de cuatro a ocho años de prisión y de cien a trescientos días multa.\n\nSi el delito fuera cometido por servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública o de administración de justicia, la pena se aumentará hasta en una mitad más de la que le corresponda, y será destituido e inhabilitado por un plazo igual a la pena privativa de libertad impuesta.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-149/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-149.md"},"cita":"Artículo 149, Código Penal del Estado de México (Estado de México). Texto vigente, última reforma 25 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-149/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}