{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guanajuato","abreviatura":"CCGTO","titulo":"Código Civil para el Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2025-12-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. 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Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"101","clave":"101","slug":"101","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","Título Cuarto. Del Registro Civil","Capítulo VII. De las actas de matrimonio"],"texto":"Las personas que pretendan contraer matrimonio, llenarán una solicitud que será proporcionada por el Oficial del Registro Civil, la cual contendrá:\n\nI. Los nombres, apellidos, nacionalidad, edad, ocupación y domicilio tanto de los pretendientes como de sus padres, si éstos fueren conocidos; así como los correspondientes a los testigos de los pretendientes. 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