{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guanajuato","abreviatura":"CCGTO","titulo":"Código Civil para el Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2025-12-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. 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Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"138","clave":"138","slug":"138","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","Título Cuarto. Del Registro Civil","Capítulo XI. De las modificaciones de las actas del estado civil","Sección Primera. De las rectificaciones administrativas de las actas del estado civil"],"texto":"La rectificación administrativa se tramitará a petición del interesado ante la Dirección General del Registro Civil, siendo procedente en los siguientes casos:\n\nI. En las actas de nacimiento cuando el registrado ha venido utilizando una fecha de nacimiento o un nombre propio diverso al asentado en el acta y solicite ajustarlo a la realidad social, sin que se afecte su filiación y no se trate de los apellidos. En tratándose de cambio de fecha de nacimiento, no podrá solicitarse por aquella persona cuya adecuación implique un cambio en su capacidad de ejercicio;\n\nII. Errores que se adviertan de las actas del estado civil de donde se transcribieron los datos, siempre que no se trate de los apellidos; y\n\nIII. La corrección de las actas del estado civil de los descendientes, cuando sus ascendientes hayan rectificado o aclarado sus actas respectivas, así como de aquellas actas que tengan relación directa con las originalmente modificadas.\n\nIV. En las actas de nacimiento y del estado civil para el reconocimiento de la identidad de género.\n\nCuando de la solicitud de rectificación se derive una aclaración, ésta se resolverá en el mismo procedimiento siempre y cuando tal aclaración sea necesaria para resolver la rectificación.","nota":"(REFORMADO, P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2011)\n\n(ADICIONADA, P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2024)","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-138/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-138.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"140-A","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-140-a/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"139","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-139/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"134","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-134/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"70","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-70/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"138 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-138-bis/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"46","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-46/"}]}},"cita":"Artículo 138, Código Civil de Guanajuato (Guanajuato). 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