{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guanajuato","abreviatura":"CCGTO","titulo":"Código Civil para el Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2025-12-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. Congreso del Estado de Guanajuato — Códigos","fuente_url":"https://www.congresogto.gob.mx/codigos/codigo-civil-para-el-estado-de-guanajuato","archivo_url":"https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/pdf/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.pdf","sha256":"91eeaa1c8ef0b6f243632f8d7280d6a22b45593c62698442ed9d0d83ecdc8885","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/","notas_verificacion":["la fuente rotula 'Art. 10014 (sic)' entre 1013 y 1015; se publica como '1014' por posición, con el rótulo literal en nota_reforma","25 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","diferencia parser/índice: solo parser ['2195e']; solo índice ['2195–e']","Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"1570","clave":"1570","slug":"1570","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. De las obligaciones","Primera Parte. De las obligaciones en general","Título Cuarto. Efectos de las obligaciones I. Efectos de las Obligaciones entre las Partes Cumplimiento de las obligaciones","Capítulo I. Del pago"],"texto":"El pago se hará en el tiempo designado en el contrato, exceptuando aquellos casos en que la ley permita o prevenga expresamente otra cosa.\n\nLa falta de pago puntual causará el interés legal del 6% anual, si al respecto no hubiere pacto entre las partes.\n\nEn los casos a que se refiere el Artículo 1590 no incurrirá el deudor en mora, si dentro del término de diez días de ser exigible la obligación, efectúa el ofrecimiento del pago ante la autoridad judicial, con los requisitos que, para el pago, señala el artículo anterior.","nota":"(ADICIONADO, P.O. 10 DE JUNIO DE 2005)\n\n(REFORMADO, P.O. 10 DE JUNIO DE 2005)","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1570/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1570.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1895","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1895/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1794","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1794/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.321","epigrafe":"Tiempo de pago","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-321/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2079","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2079/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2079","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2079/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"1962","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-1962/"}]}},"cita":"Artículo 1570, Código Civil de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 18 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1570/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}