{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guanajuato","abreviatura":"CCGTO","titulo":"Código Civil para el Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2025-12-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. Congreso del Estado de Guanajuato — Códigos","fuente_url":"https://www.congresogto.gob.mx/codigos/codigo-civil-para-el-estado-de-guanajuato","archivo_url":"https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/pdf/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.pdf","sha256":"91eeaa1c8ef0b6f243632f8d7280d6a22b45593c62698442ed9d0d83ecdc8885","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/","notas_verificacion":["la fuente rotula 'Art. 10014 (sic)' entre 1013 y 1015; se publica como '1014' por posición, con el rótulo literal en nota_reforma","25 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","diferencia parser/índice: solo parser ['2195e']; solo índice ['2195–e']","Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"1734","clave":"1734","slug":"1734","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. De las obligaciones","Primera Parte. De las obligaciones en general","Título Sexto. De la inexistencia y de la nulidad"],"texto":"Cuando alguno, explotando la suma ignorancia, notoria inexperiencia o extrema miseria de otro, obtiene un lucro excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que él por su parte se obliga, el perjudicado tiene derecho a pedir la nulidad del contrato, y de ser esto imposible, la reducción equitativa de su obligación. También hay lesión en los contratos conmutativos cuando alguna de las partes da dos tantos más del valor de la contraprestación correspondiente.\n\nLa lesión puede renunciarse salvo el caso de que la desproporción entre la prestación de una de las partes y la de la otra dependiere del estado de necesidad, inexperiencia o suma ignorancia de una de ellas, de la que se haya aprovechado la otra parte para obtener ventaja. La acción para invocar la existencia de la lesión en los casos citados en este precepto se extingue por el transcurso de dos años.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1734/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1734.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1727","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1727/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2104 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2104-bis/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.55","epigrafe":"La lesión en los contratos","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-55/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"1297","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-1297/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1702","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1702/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"17","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-17/"}]}},"cita":"Artículo 1734, Código Civil de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 18 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1734/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}