{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guanajuato","abreviatura":"CCGTO","titulo":"Código Civil para el Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2025-12-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. Congreso del Estado de Guanajuato — Códigos","fuente_url":"https://www.congresogto.gob.mx/codigos/codigo-civil-para-el-estado-de-guanajuato","archivo_url":"https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/pdf/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.pdf","sha256":"91eeaa1c8ef0b6f243632f8d7280d6a22b45593c62698442ed9d0d83ecdc8885","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/","notas_verificacion":["la fuente rotula 'Art. 10014 (sic)' entre 1013 y 1015; se publica como '1014' por posición, con el rótulo literal en nota_reforma","25 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","diferencia parser/índice: solo parser ['2195e']; solo índice ['2195–e']","Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"2484","clave":"2484","slug":"2484","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO","TERCERA PARTE","Título Primero. De la concurrencia y prelación de los créditos","Capítulo III. De algunos acreedores preferentes sobre determinados bienes"],"texto":"Con el valor de los bienes que se mencionan serán pagados preferentemente:\n\nI. La deuda por gastos de salvamento, con el valor de la cosa salvada;\n\nII. La deuda contraída antes del concurso, expresamente para ejecutar obras de rigurosa conservación de algunos bienes, con el valor de éstos, siempre que se pruebe que la cantidad prestada se empleó en esas obras;\n\nIII. Los créditos a que se refiere el artículo 2158 con el precio de la obra construida;\n\nIV. Los créditos por semillas, gastos de cultivos y recolección, con el precio de la cosecha para que sirvieron y que se halle en poder del deudor;\n\nV. El crédito por fletes, con el precio de los efectos transportados, si se encuentran en poder del acreedor;\n\nVI. El crédito por hospedaje, con el precio de los muebles del deudor que se encuentren en la casa o establecimiento donde esté hospedado;\n\nVII. El crédito del arrendador, con el precio de los bienes muebles embargables que se hallen dentro de la finca arrendada o con el precio de los frutos de la cosecha respectiva si el predio fuere rústico.\n\nVIII. El crédito que provenga del precio de los bienes vendidos y no pagados, con el valor de ellos, si el acreedor hace su reclamación dentro de los sesenta días siguientes a la venta, si se hizo al contado, o del vencimiento, si la venta fue a plazo.\n\nTratándose de bienes muebles, cesará la preferencia si hubieren sido inmovilizados;\n\nIX. Los créditos anotados en el Registro de la Propiedad, en virtud de mandamiento judicial, por embargos, secuestros o ejecución de sentencias, sobre los bienes anotados y solamente en cuanto a créditos posteriores.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2484/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2484.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2886","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2886/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"2993","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-2993/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"1828","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-1828/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2993","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2993/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"2892","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2892/"}]}},"cita":"Artículo 2484, Código Civil de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 18 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2484/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}