{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guanajuato","abreviatura":"CCGTO","titulo":"Código Civil para el Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2025-12-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. Congreso del Estado de Guanajuato — Códigos","fuente_url":"https://www.congresogto.gob.mx/codigos/codigo-civil-para-el-estado-de-guanajuato","archivo_url":"https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/pdf/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.pdf","sha256":"91eeaa1c8ef0b6f243632f8d7280d6a22b45593c62698442ed9d0d83ecdc8885","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/","notas_verificacion":["la fuente rotula 'Art. 10014 (sic)' entre 1013 y 1015; se publica como '1014' por posición, con el rótulo literal en nota_reforma","25 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","diferencia parser/índice: solo parser ['2195e']; solo índice ['2195–e']","Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3689/CCG_REF_18Diciembre2025_DL113.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"68","clave":"68","slug":"68","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. De las personas","Título Cuarto. Del Registro Civil","Capítulo II. De las actas de nacimiento"],"texto":"El nombre estará constituido por el nombre propio y el primero y segundo apellidos, acorde a lo siguiente:\n\nI. Para la asignación del nombre propio, se observará lo siguiente:\n\na) Sólo podrá consignarse un nombre compuesto o hasta dos sustantivos;\n\nb) No se emplearán apodos; y\n\nc) No se emplearán diminutivos, salvo aquellos determinados por los usos y costumbres.\n\nPara el caso del registro extemporáneo de personas adultas, llevarán los mismos nombres propios con los que se acrediten; y\n\nII. Para la asignación de los apellidos se observará lo siguiente:\n\na) Cuando el registrado se presente como hijo nacido dentro de matrimonio o comparezcan ambos padres a reconocerlo, éstos decidirán libremente y de común acuerdo el orden de los apellidos.\n\nEn caso de que los padres no se pongan de acuerdo en el orden de los apellidos, el oficial del Registro Civil lo determinará atendiendo al interés superior de la niñez y estabilidad familiar;\n\nb) Cuando el nacido se presenta como hijo fuera de matrimonio, sin comparecencia del padre, éste llevará los mismos apellidos de la madre; y\n\nc) Tratándose de menores cuyos padres se desconozcan, el Oficial del Registro Civil debe asignarles nombre y apellidos, en los términos del último párrafo del artículo 66 de este Código.\n\nPara el caso de registros extemporáneos de personas adultas, llevarán los mismos apellidos con los que se acrediten, salvo que se actualice alguno de los incisos anteriores.","nota":"(REFORMADO, P.O. 27 DE DICIEMBRE DE 2011)\n\n(REFORMADA, P.O. 03 DE NOVIEMBRE DE 2025)\n\n(REFORMADA, P.O. 03 DE NOVIEMBRE DE 2025)","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-68/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-68.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"60","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-60/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"25 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-25-bis/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"63","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-63/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"35","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-35/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"36","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-36/"}]}},"cita":"Artículo 68, Código Civil de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 18 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-68/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}