{"ley":{"id":"guanajuato/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Guanajuato","abreviatura":"CPGTO","titulo":"Código Penal del Estado de Guanajuato","jurisdiccion":"guanajuato","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-05-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato","fuente":"H. Congreso del Estado de Guanajuato — Códigos","fuente_url":"https://www.congresogto.gob.mx/codigos/codigo-penal-del-estado-de-guanajuato","archivo_url":"https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/pdf/3712/CPEG_REF_14Mayo2026.pdf","sha256":"a2d7ac237498c109e2f65fa1d286eb194545da11a50d3fec06637e31ffb84066","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/","notas_verificacion":["72 notas de reforma referidas a encabezados (denominación de libro, título o capítulo) no se asignan a ningún artículo","Párrafos: límites tomados del .doc oficial de la misma reforma (https://congreso-gto.s3.amazonaws.com/uploads/reforma/word/3712/CPEG_REF_14Mayo2026.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto. Se omite el encabezado repetido de cada página.","Números de artículo: el guion largo de algún rótulo de la fuente se normaliza a guion ('Art. 2195–E.' -> '2195-E'); se conserva el estilo de la fuente ('153-a', '235 ter-a', '153-a-1').","Las notas de reforma de la fuente ('(REFORMADO, P.O. …)', 'N. DE E. …') van en nota_reforma del artículo, no en el texto."]},"articulo":{"numero":"206","clave":"206","slug":"206","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO QUINTO. DE LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO","CAPÍTULO V. DESPOJO"],"texto":"Se aplicará de uno a cinco años de prisión y de diez a cincuenta días multa, a quien sin consentimiento o contra la voluntad del sujeto pasivo:\n\nI. Se posesione materialmente de un inmueble ajeno o haga uso de él o de un derecho real que no le pertenezca.\n\nII. Se posesione materialmente de un inmueble de su propiedad en los casos en que no pueda disponer o usar de él por hallarse en poder de otra persona por alguna causa legítima.\n\nIII. Distrajere o desviare en perjuicio de otra persona el curso de aguas que no le pertenezcan.\n\nEstos delitos se perseguirán por querella.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 3 DE JUNIO DE 2011)\n\n(ADICIONADO, P.O. 3 DE JUNIO DE 2011)","url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-206/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-206.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"199","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-199/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"395","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-395/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"189","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-189/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"279","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-279/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"226","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-226/"}]}},"cita":"Artículo 206, Código Penal de Guanajuato (Guanajuato). Texto vigente, última reforma 14 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-206/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}