{"ley":{"id":"guerrero/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guerrero","abreviatura":"CCGRO","titulo":"Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 358","jurisdiccion":"guerrero","materia":"civil","publicacion_original":"1993-03-02","ultima_reforma":"2026-04-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. 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EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","5 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados numerados en mayúsculas sin rótulo ('II. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES CON RELACION A TERCERO.') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"1283","clave":"1283","slug":"1283","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS SUCESIONES Disposiciones preliminares","TITULO PRIMERO. De la sucesión por testamento","Capítulo VIII. De las substituciones"],"texto":"La obligación que se imponga al heredero de invertir ciertas cantidades en obras benéficas, como pensiones para estudiantes, para los pobres o para cualquier establecimiento de beneficencia, no estará comprendida en la prohibición del artículo anterior.\n\nSi la carga se impusiere sobre bienes inmuebles y fuere temporal, el heredero o herederos podrán disponer de la finca gravada, sin que cese el gravamen mientras que la inscripción de éste no se cancele.\n\nSi la carga fuere perpetua, el heredero podrá capitalizarla e invertir el capital a interés con primera y suficiente hipoteca.\n\nLa capitalización e inversión del capital se hará interviniendo la autoridad correspondiente y con audiencia de los interesados y del Ministerio Público.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-1283/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-1283.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1380","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1380/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1483","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1483/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1370","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1370/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1483","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1483/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2739","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2739/"}]}},"cita":"Artículo 1283, Código Civil de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 7 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-1283/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}