{"ley":{"id":"guerrero/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guerrero","abreviatura":"CCGRO","titulo":"Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 358","jurisdiccion":"guerrero","materia":"civil","publicacion_original":"1993-03-02","ultima_reforma":"2026-04-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. Congreso del Estado de Guerrero — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos.php","archivo_url":"https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos/ARCHI/CODIGO-CIVIL-DEL-ESTADO-LIBRE-Y-SOBERANO-DE-GUERRERO-358.pdf","sha256":"747bf655391b81ce447a3e744d2c1acb2524a39604814f978ef05d15d7c7058b","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/","notas_verificacion":["2 líneas justificadas que el PDF parte en una palabra por línea ('Artículo' / '2014.-' / 'Cuando' / …) se leen como una línea.","19 notas de reforma que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","1 líneas del Periódico Oficial ('P.O. EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","5 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados numerados en mayúsculas sin rótulo ('II. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES CON RELACION A TERCERO.') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"180","clave":"180","slug":"180","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO TERCERO. De la tutela","Capítulo X. Del desempeño de la tutela"],"texto":"Cuando el tutor de un incapaz sea el cónyuge, continuará ejerciendo los derechos conyugales, con las siguientes modificaciones:\n\nI.- En los casos en que conforme a derecho se requiera el consentimiento del cónyuge, se suplirá éste por el juez con audiencia del curador; y\n\nII.- En los casos en que el cónyuge incapaz pueda querellarse del otro, denunciarlo o demandarlo para asegurar sus derechos violados o amenazados, será representado por un tutor interino que el juez le nombrará.\n\nEs obligación del curador promover este nombramiento y si no lo cumpliere, será responsable de los perjuicios que se causen al incapacitado. También podrá promover este nombramiento ante el Consejo Local de Tutelas.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-180/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-180.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"581","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-581/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"581","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-581/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"581","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-581/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"741","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-741/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"578","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-578/"}]}},"cita":"Artículo 180, Código Civil de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 7 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-180/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}