{"ley":{"id":"guerrero/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guerrero","abreviatura":"CCGRO","titulo":"Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 358","jurisdiccion":"guerrero","materia":"civil","publicacion_original":"1993-03-02","ultima_reforma":"2026-04-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. Congreso del Estado de Guerrero — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos.php","archivo_url":"https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos/ARCHI/CODIGO-CIVIL-DEL-ESTADO-LIBRE-Y-SOBERANO-DE-GUERRERO-358.pdf","sha256":"747bf655391b81ce447a3e744d2c1acb2524a39604814f978ef05d15d7c7058b","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/","notas_verificacion":["2 líneas justificadas que el PDF parte en una palabra por línea ('Artículo' / '2014.-' / 'Cuando' / …) se leen como una línea.","19 notas de reforma que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","1 líneas del Periódico Oficial ('P.O. EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","5 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados numerados en mayúsculas sin rótulo ('II. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES CON RELACION A TERCERO.') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"2180","clave":"2180","slug":"2180","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS OBLIGACIONES","PRIMERA PARTE. De las obligaciones en general","TITULO NOVENO. De la concurrencia y prelación de créditos","Capítulo IV. Acreedores de primera clase"],"texto":"Pagados los acreedores mencionados en los dos capítulos anteriores, se pagarán, con el valor de todos los bienes que queden:\n\nI. Los gastos judiciales comunes, en los términos que establezca el Código de Procedimientos Civiles;\n\nII. Los gastos de rigurosa conservación y administración de los bienes concursados;\n\nIII. Los gastos de funerales del deudor, proporcionados a su posición social, y también los de su mujer e hijos que estén bajo su patria potestad y no tuviesen bienes propios;\n\nIV. Los gastos de la última enfermedad de las personas mencionadas en la fracción anterior, hechos en los últimos seis meses que precedieron al día del fallecimiento;\n\nV. El crédito por alimentos fiados al deudor para su subsistencia y la de su familia, en los seis meses anteriores a la formación del concurso; y\n\nVI. La responsabilidad civil en la parte que comprenda el pago de los gastos de curación o de los funerales del ofendido y las pensiones que por concepto de alimentos se deban a sus familiares. En lo que se refiere a la obligación de restituir, por tratarse de devoluciones de bien ajeno, no entrarán en concurso, y por lo que toca a las otras indemnizaciones que se deban por el delito, se pagarán como si se tratara de acreedores comunes de cuarta clase.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2180/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2180.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"2181","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2181/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"2127","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-2127/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2485","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2485/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2887","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2887/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"2640","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-2640/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"3448","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-3448/"}]}},"cita":"Artículo 2180, Código Civil de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 7 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2180/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}