{"ley":{"id":"guerrero/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guerrero","abreviatura":"CCGRO","titulo":"Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 358","jurisdiccion":"guerrero","materia":"civil","publicacion_original":"1993-03-02","ultima_reforma":"2026-04-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. 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EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","5 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados numerados en mayúsculas sin rótulo ('II. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES CON RELACION A TERCERO.') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"417","clave":"417","slug":"417","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LA FAMILIA","TITULO SEGUNDO. Del matrimonio","Capítulo I. De los requisitos y solemnidades para contraer matrimonio"],"texto":"Son impedimentos para celebrar el contrato de matrimonio:\n\n(REFORMADA P.O. No. 37 DE FECHA MARTES 09 DE MAYO DE 2017)\n\nI. La falta de edad requerida por la ley;\n\n(REFORMADA P.O. No. 37 DE FECHA MARTES 09 DE MAYO DE 2017)\n\nII. Estar cumpliendo una condena por violencia familiar o de género;\n\nIII. El parentesco de consanguinidad, sin limitación de grado en la línea recta ascendente o descendente. En la línea colateral igual, el impedimento se extiende a los hermanos y medios hermanos. En la colateral desigual, el impedimento se extiende entre tíos y sobrinos, siempre que estén en el tercer grado y no hayan obtenido dispensa. En caso de adopción plena, este impedimento existe entre el adoptado y los parientes del adoptante como si fuera parentesco por consanguinidad;\n\nIV. El parentesco de afinidad en línea recta, sin limitación alguna;\n\nV. El atentado contra la vida de alguno de los casados para contraer matrimonio con el que quedare libre;\n\nVI. Padecer alguno de los estados de incapacidad a que se refiere la fracción II del artículo 40;\n\n(DEROGADA, P.O. EDICIÓN No. 104 ALCANCE I, 30 DE DICIEMBRE DE 2022)\n\nVII. Derogado.\n\nVIII. El matrimonio subsistente con persona distinta de aquélla con quien se pretenda contraer;\n\n(DEROGADA, P.O. No. 37 DE FECHA MARTES 09 DE MAYO DE 2017)\n\nIX. Derogada.\n\n(REFORMADO P. O. No. 102 ALCANCE I, DE FECHA MARTES 21 DE DICIEMBRE DE 2010)\n\nX. La fuerza o miedos graves.\n\n(REFORMADO SEGUNDO PÁRRAFO P.O. No. 37 DE FECHA MARTES 09 DE MAYO DE 2017)\n\nDe estos impedimentos sólo será el parentesco de consanguinidad en línea colateral desigual.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-417/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-417.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"379","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-379/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"458","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-458/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"464","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-464/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"465","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-465/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"466","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-466/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"469","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-469/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"470","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-470/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"563","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-563/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"156","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-156/"},{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"160","epigrafe":"Impedimentos","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-160/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"148","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-148/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"153","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-153/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"138","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-138/"}]}},"cita":"Artículo 417, Código Civil de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 7 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-417/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}