{"ley":{"id":"guerrero/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Guerrero","abreviatura":"CCGRO","titulo":"Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 358","jurisdiccion":"guerrero","materia":"civil","publicacion_original":"1993-03-02","ultima_reforma":"2026-04-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. 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EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","5 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","2 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados numerados en mayúsculas sin rótulo ('II. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES CON RELACION A TERCERO.') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"978","clave":"978","slug":"978","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES Y DERECHOS REALES","TITULO CUARTO. Del usufructo, del uso y de la habitación","Capítulo IV. De los modos de extinguirse el usufructo"],"texto":"El usufructo se extinguirá:\n\nI. Por muerte del usufructuario;\n\nII. Por vencimiento del plazo por el cual se constituyó;\n\nIII. Por cumplirse la condición impuesta en el título constitutivo para la cesación de este derecho;\n\nIV. Por la reunión del usufructo y de la propiedad en una misma persona. Si la reunión se verifica en un solo bien o parte de lo usufructuado, en lo demás subsistirá el usufructo;\n\nV. Por prescripción, conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales;\n\nVI. Por la renuncia expresa del usufructuario, salvo lo dispuesto respecto de las renuncias hechas en fraude de los acreedores;\n\nVII. Por la pérdida total del bien que era objeto del usufructo. Si la destrucción no es total, el derecho continúa sobre lo que del bien haya quedado;\n\nVIII. Por el cese del derecho del que constituyó el usufructo, cuando teniendo un dominio revocable llega el caso de la revocación; y\n\nIX. Por no dar fianza el usufructuario por título gratuito, si el dueño no le ha eximido de esa obligación.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-978/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-978.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"950","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-950/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"michoacan/codigo-civil","numero":"310","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-civil/articulo-310/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1038","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1038/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1038","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1038/"},{"ley":"oaxaca/codigo-civil","numero":"1040","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-1040/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1208","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1208/"}]}},"cita":"Artículo 978, Código Civil de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 7 abr 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-978/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}