{"ley":{"id":"guerrero/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Guerrero","abreviatura":"CPGRO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 499","jurisdiccion":"guerrero","materia":"penal","publicacion_original":"2014-08-01","ultima_reforma":"2026-05-22","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. Congreso del Estado de Guerrero — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos.php","archivo_url":"https://congresogro.gob.mx/legislacion/codigos/ARCHI/codigo-penal-no-499.pdf","sha256":"7c651db0af572db50e947467a1b3464b57766bfd1193e74f90e8a308417539f9","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/","notas_verificacion":["35 líneas justificadas que el PDF parte en una palabra por línea ('Artículo' / '2014.-' / 'Cuando' / …) se leen como una línea.","50 notas de reforma que el PDF parte en dos o más líneas se leen como una.","2 notas de reforma sin el paréntesis de cierre en la fuente terminan en la línea que cierra con su fecha o su número de decreto; se leen como una sola nota.","1 líneas del Periódico Oficial ('P.O. EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","11 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","376 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Legalidad'): se publica como epígrafe (11 lo cierran con punto: se publica sin el punto final).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"211","clave":"211","slug":"211","epigrafe":"Sustracción del menor por alguno de los progenitores","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo. Parte Especial","Título Octavo. Delitos contra la familia","Capitulo II. Sustracción de menores o incapaces y robo de infante"],"texto":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. EDICIÓN No. 102 ALCANCE XXX, DE FECHA MARTES 23 DE DICIEMBRE DE 2025.) D-293\n\nCuando exista separación temporal o definitiva entre el padre y la madre de un menor o incapaz y cualesquiera de ellos, lo sustraiga o retenga con la finalidad de suspender o privar de la guarda o custodia a quien la venía ejerciendo de hecho o por derecho, sin el consentimiento de éste y sin que medie una resolución judicial, se le impondrá prisión de seis a doce años y de cuarenta a ciento veinte días de multa de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).\n\nSe aumentará hasta en una tercera parte más las penas previstas en el párrafo anterior, si en la comisión del delito ocurre alguna de las siguientes circunstancias:\n\na).- Cuando el sustraído sea menor de dos años de edad.\n\nb).- Si en el momento de la sustracción se emplea violencia en contra de quien ejerza la guarda o custodia del menor o incapaz; y\n\nc).- Si la sustracción del menor o incapaz se realiza aprovechándose de la ausencia de quien ejerce la guarda o custodia.\n\n(ADICIONADO TERCER PÁRRAFO, y se recorre el párrafo actual en lo subsecuentemente, P.O. EDICIÓN No. 102 ALCANCE XXX, DE FECHA MARTES 23 DE DICIEMBRE DE 2025.) D-293\n\nNo se procederá en contra de la madre o en su caso el padre que teniendo o no la guarda y custodia dictada por un juez de manera provisional o definitiva, sea quien retenga al infante como medida de protegerlo uno del otro, por el hecho de que alguno de ellos se presente en un estado inconveniente de salud o crisis emocional o bajo los efectos del alcohol o algunas sustancias prohibidas (drogas) poniendo al infante ante un peligro inminente, o porque exista un proceso penal por violencia familiar, siempre y cuando la retención no exceda el plazo de 48 horas.\n\n(ADICIONADO CUARTO PÁRRAFO, y se recorre el párrafo actual en lo subsecuentemente, P.O. EDICIÓN No. 102 ALCANCE XXX, DE FECHA MARTES 23 DE DICIEMBRE DE 2025.) D-293\n\nCuando se siga un litigio en un juicio ante un órgano jurisdiccional de Primera Instancia en materias familiar, y que, de el emane un convenio de guarda y custodia autorizado por la persona juzgadora de la causa, en caso de que se incumpla por algunos de los progenitores, deberá primero agotar el incidente de incumplimiento de convenio ante la autoridad familiar y solo entonces será procedente por la vía penal.\n\nAdemás de las sanciones señaladas en los párrafos anteriores, se le privará o suspenderá de la patria potestad al agente activo del delito.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-211/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-211.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"565","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-565/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"576","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-576/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"283","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-283/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"300","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-300/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"283 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-283-bis/"}]}},"cita":"Artículo 211, Código Penal de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 22 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-211/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}