{"ley":{"id":"guerrero/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Guerrero","abreviatura":"CPGRO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Guerrero, Número 499","jurisdiccion":"guerrero","materia":"penal","publicacion_original":"2014-08-01","ultima_reforma":"2026-05-22","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero","fuente":"H. 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EDICIÓN …') impresas un párrafo debajo de una nota o de una sentencia se leen como parte de ella.","11 rótulos de encabezado ('Capítulo I') impresos sin línea en blanco bajo el nombre del encabezado anterior se leen como encabezado propio.","2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","376 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Legalidad'): se publica como epígrafe (11 lo cierran con punto: se publica sin el punto final).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se lee solo el área de texto de cada hoja: fuera quedan el título del código impreso dos veces superpuesto en la parte superior y el pie «H. Congreso del Estado de Guerrero», «S.S.P./D.P.L.» con el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio."]},"articulo":{"numero":"324","clave":"324","slug":"324","epigrafe":"Delito contra el ejercicio garantista de la abogacía o el litigio","estado":"vigente","ubicacion":["Libro Segundo. Parte Especial","Título Décimo Noveno. Delitos cometidos por particulares ante el ministerio público, autoridad judicial o administrativa","Capítulo V. 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Como representante de la víctima o el ofendido, sin motivo justificado, se concrete a aceptar el cargo sin realizar gestiones, trámites o promociones relativas a su representación.\n\nSi el responsable de los delitos previstos en este artículo es un defensor de oficio, se le destituirá y se le inhabilitará de seis a cuatro años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-324/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-324.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"279","epigrafe":"Delitos contra el ejercicio de la abogacía o el litigio","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-279/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"315","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-315/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"333","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-333/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"319","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-319/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"277","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-277/"}]}},"cita":"Artículo 324, Código Penal de Guerrero (Guerrero). Texto vigente, última reforma 22 may 2026. https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-324/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}