{"ley":{"id":"hidalgo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Hidalgo","abreviatura":"CPHGO","titulo":"Código Penal para el Estado de Hidalgo","jurisdiccion":"hidalgo","materia":"penal","publicacion_original":"1990-06-09","ultima_reforma":"2026-08-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Hidalgo","fuente":"Congreso del Estado de Hidalgo — Instituto de Estudios Legislativos (Leyes vigentes)","fuente_url":"https://congresohidalgo.gob.mx/acervo/public/leyes","archivo_url":"https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf","sha256":"73e97198278d6e70177d9998cddb42eae7a48e23fc95e918131c2f3e6cd86244","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/","notas_verificacion":["11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","11 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Instituto de Estudios Legislativos.» y número de página).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado, P.O. Alcance uno del …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"214","clave":"214","slug":"214","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO SÉPTIMO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO","CAPITULO IV. FRAUDE"],"texto":"Se impondrán las mismas penas previstas en el artículo anterior:\n\nI.- Al que habiendo recibido mercancías por subsidio o franquicia para darle un destino determinado, las distraiga de ese destino, o en cualquier forma desvirtúe los fines perseguidos con el subsidio o la franquicia;\n\nII.- A los intermediarios en operaciones de traslación de dominio de bienes inmuebles o de gravámenes reales sobre éstos, que obtengan dinero, títulos o valores por el importe de su precio, a cuenta de él o para construir ese gravamen, si no los destinare, en todo o en parte, al objeto de la operación concertada, por su disposición en provecho propio o de otro.\n\nPara los efectos de este delito, se entenderá que un intermediario no ha dado destino, o ha dispuesto, en todo o en parte, del dinero, títulos o valores obtenidos por el importe del precio o a cuenta del inmueble objeto de la traslación de dominio o del gravamen real, si no realiza su depósito en la institución respectiva dentro de los treinta días siguientes a su recepción a favor de su propietario o poseedor, a menos que lo hubiera entregado, dentro de ese término, al vendedor o al deudor del gravamen real, o devuelto al comprador o al acreedor del mismo gravamen;\n\nIII.- A los gerentes, directivos, mandatarios, con facultades de dominio o de administración, administradores de las personas morales que no cumplan o hagan cumplir la obligación a que se refiere el párrafo anterior. El depósito se entregará por la institución de que se trate, a su propietario o al comprador.\n\nLas instituciones, sociedades nacionales, organizaciones auxiliares de crédito, las de fianzas y las de seguros, así como los organismos sociales y descentralizados autorizados legalmente para operar con inmuebles, quedan exceptuados de la obligación de constituir el depósito a que se refiere la fracción anterior;\n\nIV.- A los constructores o vendedores de edificios en condominio, casa o habitación en general, que obtengan dinero, títulos o valores por el importe de su precio o a cuenta de él, si no los destinan en todo o en parte, al objeto de la operación concertada, por disposición en provecho propio o de otro;\n\nV.- A los fabricantes, empresarios, contratistas o constructores de obra cualquiera, que empleen en la construcción materiales en cantidad o calidad inferior a la convenida o mano de obra de inferior calidad a la estipulada si han recibido el precio o parte de él;\n\nVI.- Al que valiéndose del cargo que ocupa en el gobierno, en una empresa descentralizada o de participación estatal o en cualquier agrupación de carácter sindical, sus relaciones con los funcionarios o dirigentes de dichos organismos, obtenga dinero, valores, dádivas, obsequios o cualquier otro beneficio, a cambio de prometer o proporcionar un trabajo, un ascenso, aumento de salario u otras prestaciones de tales organismos, sin cumplir con ello;\n\nVII.- (DEROGADA, P.O. 31 DE DICIEMBRE DE 2007).\n\nVIII.- Al deudor que con perjuicio de sus acreedores, o bien para retardar o disimular el estado de concurso, oculte o enajene o recurra a maniobras o arbitrios ruinosos; o aproveche el estado de concurso para especular con sus propias obligaciones, adquiriéndolas con descuento o para obtener otro provecho en perjuicio de sus acreedores; u ocasione por cualquier acto ilegal el estado de concurso con perjuicio de sus acreedores; o\n\nIX.- Al que venda, intercambie o haga efectivos, vales impresos o dispositivos electrónicos en forma de tarjeta plástica utilizados para canjear bienes y servicios, con conocimiento de que son falsos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-214/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-214.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"221","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-221/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"194","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-194/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"199","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-199/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"404","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-404/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"252","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-252/"}]}},"cita":"Artículo 214, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-214/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}