{"ley":{"id":"hidalgo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Hidalgo","abreviatura":"CPHGO","titulo":"Código Penal para el Estado de Hidalgo","jurisdiccion":"hidalgo","materia":"penal","publicacion_original":"1990-06-09","ultima_reforma":"2026-08-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Hidalgo","fuente":"Congreso del Estado de Hidalgo — Instituto de Estudios Legislativos (Leyes vigentes)","fuente_url":"https://congresohidalgo.gob.mx/acervo/public/leyes","archivo_url":"https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf","sha256":"73e97198278d6e70177d9998cddb42eae7a48e23fc95e918131c2f3e6cd86244","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/","notas_verificacion":["11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","11 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Instituto de Estudios Legislativos.» y número de página).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado, P.O. Alcance uno del …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"309 Quinquies","clave":"309quinquies","slug":"309-quinquies","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO DÉCIMO SEXTO. DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS Y PARTICULARES VINCULADOS CON ESTOS HECHOS","CAPÍTULO XIII. ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO"],"texto":"Comete el delito de enriquecimiento ilícito quien, con motivo de su empleo, cargo o comisión en el servicio público, no pudiere acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.\n\nPara efectos del párrafo anterior, se computarán entre los bienes que adquieran los servidores públicos o con respecto de los cuales se conduzcan como dueños o se ostenten como tal, los que reciban o de los que dispongan su cónyuge y sus dependientes económicos directos, salvo que el servidor público acredite que éstos los obtuvieron por sí mismos.\n\nNo será enriquecimiento ilícito en caso de que el aumento del patrimonio sea producto de una conducta que encuadre en otra hipótesis del presente Título. En este caso se aplicará la hipótesis y la sanción correspondiente, sin que dé lugar a concurso de delitos.\n\nAl que cometa el delito de enriquecimiento ilícito se le impondrán las siguientes sanciones:\n\nI. Decomiso en beneficio del Estado de aquellos bienes cuya procedencia no se logre acreditar.\n\nII. Cuando el monto al que ascienda el enriquecimiento ilícito no exceda del equivalente a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización se impondrán de tres meses a dos años de prisión y multa de 30 a 100 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.\n\nIII. Cuando el monto a que ascienda el enriquecimiento ilícito exceda del equivalente a cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización se impondrán de dos años a catorce años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.\n\nCuando el responsable tenga el carácter de particular, el Juez deberá además imponer la sanción de inhabilitación para desempeñar un empleo cargo o comisión público, así como para participar en procedimientos de adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas y servicios relacionados con las mismas, o para obtener concesiones para la prestación de servicios públicos.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-quinquies/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-quinquies.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"432","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-432/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"224","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-224/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"307 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-307-quater/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"352","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-352/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"280","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-280/"}]}},"cita":"Artículo 309 Quinquies, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-quinquies/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}