{"ley":{"id":"hidalgo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Hidalgo","abreviatura":"CPHGO","titulo":"Código Penal para el Estado de Hidalgo","jurisdiccion":"hidalgo","materia":"penal","publicacion_original":"1990-06-09","ultima_reforma":"2026-08-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Hidalgo","fuente":"Congreso del Estado de Hidalgo — Instituto de Estudios Legislativos (Leyes vigentes)","fuente_url":"https://congresohidalgo.gob.mx/acervo/public/leyes","archivo_url":"https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf","sha256":"73e97198278d6e70177d9998cddb42eae7a48e23fc95e918131c2f3e6cd86244","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/","notas_verificacion":["11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","11 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Instituto de Estudios Legislativos.» y número de página).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado, P.O. Alcance uno del …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"309 Ter","clave":"309ter","slug":"309-ter","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO DÉCIMO SEXTO. DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN COMETIDOS POR SERVIDORES PÚBLICOS Y PARTICULARES VINCULADOS CON ESTOS HECHOS","CAPÍTULO XI. USO ILÍCITO DE ATRIBUCIONES Y FACULTADES"],"texto":"Comete el delito de uso ilícito de atribuciones y facultades y se impondrá de uno a ocho años de prisión y multa de 50 a 250 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a:\n\nl. El servidor público que ilícitamente:\n\na) Otorgue concesiones de prestación de servicios públicos o de explotación, aprovechamiento y uso de bienes de dominio del Estado;\n\nb) Otorgue permisos, licencias, adjudicaciones o autorizaciones de contenido económico;\n\nc) Otorgue exenciones, deducciones o subsidios sobre impuestos, derechos, productos, aprovechamientos en general sobre los ingresos fiscales, o sobre precios y tarifas de los bienes y servicios producidos o prestados en la Administración Pública Estatal o Municipal;\n\nd) Otorgue, realice o contrate obras públicas, adquisiciones, arrendamientos, enajenaciones de bienes o servicios, con recursos públicos;\n\ne) Contrate deuda o realice colocaciones de fondos y valores con recursos públicos.\n\nll. El servidor público que a sabiendas de la ilicitud del acto, y en perjuicio del patrimonio o del servicio público o de otra persona:\n\na) Niegue el otorgamiento o celebración de un contrato, existiendo todos los requisitos establecidos en la normatividad aplicable para su otorgamiento; o\n\nb) Siendo responsable de administrar y verificar directamente el cumplimiento de los términos de una concesión, permiso, asignación o contrato, se haya abstenido de cumplir con dicha obligación.\n\nIII. El servidor público que teniendo a su cargo fondos públicos, les dé una aplicación distinta de aquella a que estuvieren destinados o haga un pago ilegal.\n\nIV. El particular que en su carácter de contratista, permisionario, asignatario o titular de una concesión para la prestación de un servicio público o para el uso de bienes del dominio del Estado o de los Municipios, con la finalidad de obtener un beneficio para sí o para un tercero, oculte o genere información falsa respecto de los rendimientos o beneficios que obtenga.\n\nLas mismas penas se impondrán a cualquier persona que a sabiendas de la ilicitud del acto y en perjuicio del patrimonio o el servicio público o de otra persona participe, solicite o promueva la perpetración de cualquiera de las conductas previstas en este artículo.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-ter/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-ter.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"321 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-321-bis/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"309 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-quater/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"448","epigrafe":"Ejercicio abusivo de funciones","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-448/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"456","epigrafe":"Punibilidades para el enriquecimiento ilícito","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-456/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"307","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-307/"}]}},"cita":"Artículo 309 Ter, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-309-ter/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}