{"ley":{"id":"hidalgo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Hidalgo","abreviatura":"CPHGO","titulo":"Código Penal para el Estado de Hidalgo","jurisdiccion":"hidalgo","materia":"penal","publicacion_original":"1990-06-09","ultima_reforma":"2026-08-06","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Hidalgo","fuente":"Congreso del Estado de Hidalgo — Instituto de Estudios Legislativos (Leyes vigentes)","fuente_url":"https://congresohidalgo.gob.mx/acervo/public/leyes","archivo_url":"https://www.congreso-hidalgo.gob.mx/biblioteca_legislativa/leyes_cintillo/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Hidalgo.pdf","sha256":"73e97198278d6e70177d9998cddb42eae7a48e23fc95e918131c2f3e6cd86244","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/","notas_verificacion":["11 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","11 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","1 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","Texto tomado del PDF oficial; un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Instituto de Estudios Legislativos.» y número de página).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado, P.O. Alcance uno del …') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'Artículo 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"349 Quater","clave":"349quater","slug":"349-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO DÉCIMO NOVENO. DELITOS CONTRA LA ECONOMÍA DEL ESTADO Y EL BIENESTAR SOCIAL","CAPÍTULO III BIS. DELITOS CONTRA EL AMBIENTE"],"texto":"La misma pena se impondrá a quien:\n\nI.- Expulse o descargue en la atmósfera: gases, humos, polvos, o partículas que causen o puedan ocasionar daños a la salud pública, la flora, la fauna o a los ecosistemas, en jurisdicción estatal o municipal;\n\nII.- Realice actividades con materiales o residuos que, por su composición o cantidad, sean considerados potencialmente riesgosos, que no sean competencia de la federación, y provoquen contaminación en aire, tierra y agua de jurisdicción estatal y/o municipal;\n\nIII.- Realice obras o actividades, sin obtener, de la autoridad correspondiente, la autorización de impacto y riesgo ambiental, o no implemente las medidas preventivas y correctivas que establecen las normas o disposiciones aplicables o le indique la autoridad competente; para la mitigación de impactos ambientales y de seguridad de las personas, sus bienes y el ambiente; ocasionando daños a la salud pública, la flora, la fauna o a los ecosistemas de jurisdicción estatal o municipal;\n\nIV.-Filtre o descargue aguas residuales, líquidos químicos o bioquímicos, desechos o contaminantes en suelos o en aguas de jurisdicción local o en aguas federales asignadas para la prestación de servicios públicos estatales o municipales, en cantidades o concentraciones que causen o puedan causar daños a la salud pública, a los recursos naturales, la flora, la fauna, o a los ecosistemas;\n\nV.- Genere emisiones de ruido, vibraciones, energía térmica o lumínica, cuando, por su intensidad causen o puedan causar daños graves a la salud pública, a los recursos naturales, la flora, la fauna, o a los ecosistemas;\n\nVI.- No obstante, haber sido sancionado administrativamente por la autoridad competente en dos o más ocasiones, realice quemas a cielo abierto mediante la combustión de llantas, plásticos o cualquier otro material contaminante de desecho, con el propósito de generar calor o energía para uso industrial o personal, provocando degradaciones atmosféricas que puedan ocasionar daños a la salud pública, a la flora, a la fauna y a los ecosistemas;\n\nVII.- Sin observar los ordenamientos legales aplicables, realice actividades de separación, utilización, acopio, recolección, almacenamiento, transportación, tratamiento o disposición final de residuos de manejo especial, así como la reutilización, acopio, almacenamiento, reciclaje o incineración de residuos sólidos no peligrosos generados por actividades domésticas, industriales, agrícolas o comerciales o de manejo municipal, que generen fauna nociva, causen o puedan causar daños a la salud pública, a los recursos naturales, a la flora, a la fauna o a los ecosistemas;\n\nVIII.- Sin la autorización de la autoridad competente o en contravención de las disposiciones legales aplicables, realice quemas para utilizar terrenos con fines agropecuarios, o contando con ella, no tome las medidas necesarias para evitar su propagación a terrenos aledaños;\n\nIX.- Deposite de manera clandestina, escombros o residuos, de cualquier tipo, provenientes de la industria en general, en áreas naturales protegidas, área de valor ambiental, zonas de recarga de mantos acuíferos, barrancas, áreas verdes o en terrenos baldíos, de competencia estatal o municipal.\n\nSerá considerado como agravante, el que estos residuos industriales se depositen en áreas de recarga de mantos acuíferos, en cuyo caso la pena establecida se aumentara una tercera parte; y\n\nX.- Haya sido sancionado administrativamente en dos o más ocasiones por la autoridad ecológica competente y no obstante ello, persista en la misma conducta dañosa al ambiente.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-349-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-349-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"228","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-228/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"1883","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1883/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"198 Quinquies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-198-quinquies/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"291","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-291/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"415","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-415/"}]}},"cita":"Artículo 349 Quater, Código Penal de Hidalgo (Hidalgo). Texto vigente, última reforma 6 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-349-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}