{"ley":{"id":"jalisco/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Jalisco","abreviatura":"CPJAL","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Jalisco","jurisdiccion":"jalisco","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-08","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial El Estado de Jalisco","fuente":"Congreso del Estado de Jalisco — Biblioteca Virtual","fuente_url":"https://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/busquedasleyes/Listado'2.cfm","archivo_url":"https://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/legislacion/C%C3%B3digos/Documentos_PDF-C%C3%B3digos/C%C3%B3digo%20Penal%20para%20el%20Estado%20Libre%20y%20Soberano%20de%20Jalisco%20-240926.pdf","sha256":"3f96dde679efb7f19b6abaf755ff8807cbca5c8f14a0f7c9ebc25d10af58b548","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/","notas_verificacion":["artículos con nota de la fuente 'declarado inválido' por la SCJN (se dejan como 'vigente' porque el esquema no tiene ese estado): 154-D","Párrafos: límites tomados del .doc oficial (misma versión, mismo sello de fecha en el nombre del archivo: https://congresoweb.congresojal.gob.mx/BibliotecaVirtual/legislacion/C%C3%B3digos/C%C3%B3digo%20Penal%20para%20el%20Estado%20Libre%20y%20Soberano%20de%20Jalisco%20-240926.doc); texto y marcadores de fracción ('I.', 'a)') tomados del PDF oficial, que muestra la numeración automática de Word que el .doc pierde al convertirse a texto.","Números de artículo normalizados en espacios/guiones respecto de la fuente: p. ej. '176-Bis.1.' -> '176-Bis 1', '176- Ter 1.' -> '176-Ter 1', '176-Ter2.' -> '176-Ter 2'; se conserva el estilo de la fuente ('154-A', '242 A', '190 BIS').","artículos derogados cuyo texto literal en la fuente es 'Se deroga': 12 — 119 Bis, 126, 127, 130, 134, 135 bis, 140, 149, 182, 195, 196, 227"]},"articulo":{"numero":"102 Bis","clave":"102bis","slug":"102-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["PRIMERO. DE LA PARTE GENERAL","TÍTULO SEXTO. REPARACIÓN DEL DAÑO PROVENIENTE DEL DELITO","Capítulo Único"],"texto":"Están obligados a reparar el daño, en los términos de este capítulo, los siguientes:\n\nI. Los ascendientes, por las infracciones penales de sus descendientes que se hallasen bajo su patria potestad;\n\nII. Los tutores y los custodios, por los ilícitos de los incapacitados que se hallasen bajo su responsabilidad;\n\nIII. Los dueños, empresarios o encargados de negociaciones o establecimientos mercantiles de cualquier especie, por los delitos que comentan sus obreros, jornaleros, empleados domésticos y artesanos, con motivo y en el desempeño de su servicio;\n\nIV. Las sociedades y asociaciones, por los delitos cometidos por sus socios, gerentes o directores, en los términos en que, conforme a las leyes, sean responsables por las obligaciones que los segundos contraigan.\n\nSe exceptúa de esta regla a la sociedad legal o conyugal, pues, en todo caso, cada cónyuge responderá con sus bienes propios o con la parte que le corresponda, por el daño que cause;\n\nV. Los dueños de los mecanismos, instrumentos, aparatos, vehículos o sustancias peligrosas, por delitos que en ocasión de su tenencia, custodia o uso, cometan las personas que legítimamente los manejan o tengan a su cargo; y\n\nVI. Las autoridades estatales o municipales, en forma directa en los términos que establece la ley estatal en materia de responsabilidad patrimonial del Estado.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-102-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-102-bis.md"},"cita":"Artículo 102 Bis, Código Penal de Jalisco (Jalisco). Texto vigente, última reforma 8 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-102-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}