{"ley":{"id":"ley-agraria","nombre":"Ley Agraria","abreviatura":"LA","titulo":"Ley Agraria","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1992-02-26","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lagra.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAgra.doc","sha256":"517367b4be51364662c6cc5f3d6690647c613c7b2321f6255a4255df0ff12649","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"164","clave":"164","slug":"164","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO DECIMO. DE LA JUSTICIA AGRARIA","Capítulo I. Disposiciones Preliminares"],"texto":"En la resolución de las controversias que sean puestas bajo su conocimiento, los tribunales se sujetarán siempre al procedimiento previsto por esta ley y quedará constancia de ella por escrito, además observarán lo siguiente:\n\nI.- Los juicios en los que una o ambas partes sean personas pertenecientes a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas se considerarán los usos y costumbres de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas a los que pertenezcan mientras no contravengan lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y esta ley;\n\nII.- Las promociones que los pueblos o comunidades indígenas y afromexicanas, o las personas pertenecientes a pueblos o comunidades indígenas y afromexicanas en lo individual hicieren en su lengua, no necesitarán acompañarse de la traducción al español. El tribunal la hará de oficio por conducto de persona autorizada para ello;\n\nIII.- Los juicios en los que una o ambas partes sean personas pertenecientes a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas y no supieran leer el idioma español, el tribunal realizará una versión sintetizada de los puntos esenciales de las actuaciones y de la sentencia dictadas por él, en la lengua o variantes dialectales de la que se trate; debiendo agregarse en los autos constancia de que se cumplió con esta obligación.\n\nEn caso de existir contradicción entre la traducción y la resolución, se estará a lo dispuesto por ésta última;\n\nIV.- El tribunal asignará gratuitamente a las personas pertenecientes a pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas un defensor y un traductor que conozca su cultura, hable su lengua y el idioma español, para que se le explique, en su lengua, el alcance y consecuencias del proceso que se le sigue.\n\nLos tribunales suplirán la deficiencia de las partes en sus planteamientos de derecho cuando se trate de núcleos de población ejidales o comunales, así como ejidatarios y comuneros.","nota":"Fracción reformada DOF 01-04-2024\nFracción reformada DOF 01-04-2024\nPárrafo reformado DOF 01-04-2024\nPárrafo reformado DOF 01-04-2024\nArtículo reformado DOF 22-06-2011","url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-164/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-164.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"170","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-170/"},{"ley":"ley-de-amparo","numero":"1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-1/"},{"ley":"constitucion","numero":"103","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/constitucion/articulo-103/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"6","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-6/"},{"ley":"ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo","numero":"1","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-1/"}]}},"cita":"Artículo 164, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-164/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}