{"ley":{"id":"ley-agraria","nombre":"Ley Agraria","abreviatura":"LA","titulo":"Ley Agraria","jurisdiccion":"federal","materia":"administrativo","publicacion_original":"1992-02-26","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lagra.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAgra.doc","sha256":"517367b4be51364662c6cc5f3d6690647c613c7b2321f6255a4255df0ff12649","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"166","clave":"166","slug":"166","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO DECIMO. DE LA JUSTICIA AGRARIA","Capítulo I. Disposiciones Preliminares"],"texto":"Los tribunales agrarios proveerán las diligencias precautorias necesarias para proteger a los interesados. Asimismo, podrán acordar la suspensión del acto de autoridad en materia agraria que pudiere afectarlos en tanto se resuelve en definitiva. La suspensión se regulará aplicando en lo conducente lo dispuesto en el Título Segundo, Capítulo I, Sección Tercera, primera parte, de la Ley de Amparo.\n\nEn la aplicación de las disposiciones de ese ordenamiento para efectos de la suspensión del acto de autoridad en materia agraria, los tribunales agrarios considerarán las condiciones socioeconómicas de los interesados para el establecimiento de la garantía inherente a la reparación del daño e indemnización que pudiere causarse con la suspensión, si la sentencia no fuere favorable para el quejoso.","nota":"Párrafo reformado DOF 19-12-2016\nArtículo reformado DOF 09-07-1993","url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-166/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-166.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-agraria","numero":"191","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-191/"},{"ley":"ley-agraria","numero":"198","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-198/"},{"ley":"ley-agraria","numero":"163","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-163/"},{"ley":"ley-agraria","numero":"132","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-132/"},{"ley":"ley-agraria","numero":"82","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-82/"}]}},"cita":"Artículo 166, Ley Agraria. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-agraria/articulo-166/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}