{"ley":{"id":"ley-de-amparo","nombre":"Ley de Amparo","abreviatura":"LAmp","titulo":"Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos","jurisdiccion":"federal","materia":"amparo","publicacion_original":"2013-04-02","ultima_reforma":"2025-10-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lamp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAmp.doc","sha256":"bdca96c29633bd0b15849372b9047d434ebfca3876890df336b8bf1231fbea64","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»"]},"articulo":{"numero":"146","clave":"146","slug":"146","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Primera Parte. Reglas Generales"],"texto":"La resolución que decida sobre la suspensión definitiva deberá contener:\n\nI. La determinación clara y precisa del acto o actos reclamados cuya suspensión se solicita;\n\nII. La valoración de las pruebas que hayan sido admitidas y desahogadas dentro del incidente;\n\nIII. El análisis expreso y razonado de cada uno de los elementos exigidos por el artículo 128 de esta Ley, y\n\nIV. Los puntos resolutivos en los que se exprese con claridad si se concede o niega la suspensión, señalando con precisión, en su caso, los efectos y condiciones bajo los cuales se concede, para su estricto cumplimiento por la autoridad responsable.","nota":"Artículo reformado DOF 16-10-2025","url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-146/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-146.md"},"cita":"Artículo 146, Ley de Amparo. Texto vigente, última reforma DOF 16 oct 2025. https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-146/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}