{"ley":{"id":"ley-de-amparo","nombre":"Ley de Amparo","abreviatura":"LAmp","titulo":"Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos","jurisdiccion":"federal","materia":"amparo","publicacion_original":"2013-04-02","ultima_reforma":"2025-10-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lamp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAmp.doc","sha256":"bdca96c29633bd0b15849372b9047d434ebfca3876890df336b8bf1231fbea64","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»"]},"articulo":{"numero":"148","clave":"148","slug":"148","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["Primera Parte. Reglas Generales"],"texto":"En los juicios de amparo en que se reclame una norma general autoaplicativa sin señalar un acto concreto de aplicación, la suspensión se otorgará para impedir los efectos y consecuencias de la norma en la esfera jurídica de la persona quejosa.\n\nEn el caso en que se reclame una norma general con motivo del primer acto de su aplicación, la suspensión, además de los efectos establecidos en el párrafo anterior, se decretará en relación con los efectos y consecuencias subsecuentes del acto de aplicación.\n\nTratándose de juicios de amparo en los que se reclame la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso la suspensión podrá concederse con efectos generales.","nota":"Párrafo reformado DOF 13-03-2025\nPárrafo adicionado DOF 14-06-2024. Reformado DOF 16-10-2025","url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-148/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-148.md"},"cita":"Artículo 148, Ley de Amparo. Texto vigente, última reforma DOF 16 oct 2025. https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-148/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}