{"ley":{"id":"ley-de-amparo","nombre":"Ley de Amparo","abreviatura":"LAmp","titulo":"Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos","jurisdiccion":"federal","materia":"amparo","publicacion_original":"2013-04-02","ultima_reforma":"2025-10-16","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lamp.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LAmp.doc","sha256":"bdca96c29633bd0b15849372b9047d434ebfca3876890df336b8bf1231fbea64","descargado":"2026-10-07","url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/","notas_verificacion":["carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Por Índice Hirschman-Herfindahl “IHH” se entiende la suma de los cuadrados de la…»","carácter de fuente Symbol restituido (Σ) en: «Para calcular el Índice de Dominancia “ID”, se determinará primero la contribuci…»"]},"articulo":{"numero":"16","clave":"16","slug":"16","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TÍTULO PRIMERO. Reglas Generales","CAPÍTULO II. Capacidad y Personería"],"texto":"En caso de fallecimiento de la persona quejosa o de la tercera interesada, siempre que lo planteado en el juicio de amparo no afecte sus derechos estrictamente personales, el o la representante legal de la persona fallecida continuará el juicio en tanto interviene el o la representante de la sucesión.\n\nSi la persona fallecida no tiene representación legal en el juicio, éste se suspenderá inmediatamente que se tenga conocimiento de la defunción. Si la sucesión no interviene dentro del plazo de sesenta días siguientes al en que se decrete la suspensión, el juez o la jueza ordenará lo conducente según el caso de que se trate.\n\nCualquiera de las partes que tenga noticia del fallecimiento de la persona quejosa o de la tercera interesada deberá hacerlo del conocimiento del órgano jurisdiccional de amparo, acreditando tal circunstancia, o proporcionando los datos necesarios para ese efecto.","nota":"Artículo reformado DOF 13-03-2025","url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-16/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-16.md"},"cita":"Artículo 16, Ley de Amparo. Texto vigente, última reforma DOF 16 oct 2025. https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-16/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}