{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"109 Bis","clave":"109bis","slug":"109-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO QUINTO. De las Prohibiciones, Sanciones Administrativas, Delitos y de la Garantía de Audiencia de las personas incluidas en la lista de personas bloqueadas","CAPITULO II. De las Sanciones Administrativas"],"texto":"En los procedimientos administrativos previstos en esta Ley se admitirán las pruebas conducentes con los actos sujetos al procedimiento siempre y cuando las mismas sean ofrecidas en el plazo del desahogo de la garantía de audiencia. En caso de la confesional a cargo de autoridades, esta deberá ser desahogada por escrito.\n\nUna vez desahogado el derecho de audiencia a que se refiere el artículo 107 Bis de esta Ley o bien, presentado el escrito mediante el cual se interponga recurso de revisión, previsto en el artículo 110 de este ordenamiento legal, únicamente se admitirán pruebas supervenientes, siempre y cuando no se haya emitido la resolución correspondiente.\n\nLas Comisiones Nacionales Bancaria y de Valores y para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, así como el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario podrán allegarse de los medios de prueba que consideren necesarios, así como acordar sobre la admisibilidad de las pruebas ofrecidas. Sólo podrán rechazarse las pruebas aportadas por los interesados cuando no fuesen ofrecidas conforme a derecho, no tengan relación con el fondo del asunto, sean improcedentes, innecesarias o contrarias a la moral o al derecho. La valoración de las pruebas se hará conforme a lo establecido por el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.","nota":"Párrafo reformado DOF 14-11-2025\nArtículo adicionado DOF 06-02-2008. Reformado DOF 25-06-2009, 10-01-2014","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-109-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-109-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"109 Bis 10","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-109-bis-10/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"109 Bis 11","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-109-bis-11/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"109 Bis 12","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-109-bis-12/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-amparo","numero":"143","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-amparo/articulo-143/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"27","epigrafe":"Procedencia de incompetencia por declinatoria","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-27/"},{"ley":"ley-federal-del-trabajo","numero":"829","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-829/"},{"ley":"cdmx/codigo-fiscal","numero":"449","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-449/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares","numero":"668","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-668/"}]}},"cita":"Artículo 109 Bis, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-109-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}