{"ley":{"id":"ley-de-instituciones-de-credito","nombre":"Ley de Instituciones de Crédito","abreviatura":"LIC","titulo":"Ley de Instituciones de Crédito","jurisdiccion":"federal","materia":"civil","publicacion_original":"1990-07-18","ultima_reforma":"2025-11-14","ultima_reforma_fuente":"DOF","fuente":"Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión — Leyes Federales Vigentes","fuente_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lic.htm","archivo_url":"https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/LIC.doc","sha256":"a9933a727b4d83613766fd7ebeb341f6cfefcaca38d648ba0fab4e36b6922ff5","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/","notas_verificacion":[]},"articulo":{"numero":"12","clave":"12","slug":"12","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["TITULO SEGUNDO. DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO","CAPITULO I. De las Instituciones de Banca Múltiple","SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones Generales"],"texto":"Las acciones serán de igual valor; dentro de cada serie, conferirán a sus tenedores los mismos derechos, y deberán pagarse íntegramente en efectivo en el acto de ser suscritas, o bien, en especie si, en este último caso, así lo autoriza la Comisión Nacional Bancaria y de Valores considerando la situación financiera de la institución y velando por su liquidez y solvencia. Las mencionadas acciones se mantendrán en depósito en alguna de las instituciones para el depósito de valores reguladas en la Ley del Mercado de Valores, las que en ningún caso se encontrarán obligadas a entregarlas a los titulares.\n\nLas acciones serie \"L\" serán de voto limitado y otorgarán derecho de voto únicamente en los asuntos relativos a cambio de objeto, fusión, escisión, transformación, disolución y liquidación, los actos corporativos referidos en los artículos 29 Bis, 29 Bis 2 y 158 de esta Ley y cancelación de su inscripción en cualesquiera bolsas de valores.\n\nAdemás, las acciones serie \"L\" podrán conferir derecho a recibir un dividendo preferente y acumulativo, así como a un dividendo superior al de las acciones representativas del capital ordinario, siempre y cuando así se establezca en los estatutos sociales de la institución emisora. En ningún caso los dividendos de esta serie podrán ser inferiores a los de las otras series.\n\nLas instituciones podrán emitir acciones no suscritas, que conservarán en tesorería, las cuales no computarán para efectos de determinar los límites de tenencia accionaria a que se refiere esta Ley. Los suscriptores recibirán las constancias respectivas contra el pago total de su valor nominal y de las primas que, en su caso, fije la institución.","nota":"Párrafo reformado DOF 01-02-2008\nPárrafo adicionado DOF 09-06-1992. Reformado DOF 06-07-2006, 10-01-2014\nPárrafo adicionado DOF 09-06-1992\nPárrafo reformado DOF 09-06-1992, 15-02-1995","url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-12/","markdown":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-12.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"45-G","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-45-g/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"108","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-108/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"1546","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-1546/"},{"ley":"ley-general-de-sociedades-mercantiles","numero":"116","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-sociedades-mercantiles/articulo-116/"},{"ley":"ley-de-instituciones-de-credito","numero":"81","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-81/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"2859","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-2859/"},{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"2464","epigrafe":"Orden en los pagos","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-2464/"}]}},"cita":"Artículo 12, Ley de Instituciones de Crédito. Texto vigente, última reforma DOF 14 nov 2025. https://articuladomx.com/ley-de-instituciones-de-credito/articulo-12/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}